Desde el Ministerio de la Salud nacional, por medio de la Resolución 1/2025, habrá nuevas legislaciones que afectan al sistema de aportes a las empresas de medicina prepaga y obras sociales. La razón de los cambios apuntan a una mayor transparencia para los usuarios, aunque también los obliga a realizar un trámite importante para no perder la cobertura durante febrero.
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Usuarios de las prepagas deberán realizar este trámite en febrero para conservar la cobertura
Por una disposición del Ministerio de la Salud de la Nación, para continuar con las prestaciones médicas es importante tomar en cuenta una nueva legislación.
De qué cambios se tratan y qué consecuencias producen
Previo a esta legislación, aquellos afiliados que contaban con una obra social al ingresar a un trabajo en relación de dependencia.
En medio de esto, el empleador era el responsable de depositar los aportes al fisco, y de allí hacia las obras sociales y las empresas de medicina prepaga. Sobre el segundo grupo, estas retenían entre un 3 y 10% de los aportes.
Por lo tanto, aquí se busca eliminar la anterior triangulación para que el abono del costo por intermediación sea eliminado y este sea dirigida hacia el beneficiario, quien tiene la libre decisión de que esto suceda o no.
¿Qué hacer para no perder la cobertura?
En línea con lo anterior, aquellos usuarios que decidan seguir en la prepaga, no tendrán la obligación de llevar adelante ningún tipo de trámite. Así, desde febrero, los aportes serán dirigidos de forma directa hacia las compañías de salud prepagas.
Sin embargo, en caso de no seguir con el sistema anterior, el beneficiario tendrá un plazo de 60 días para dar a conocer su decisión por medio del trámite "Voluntad de Permanencia en Obra Social".
El mismo consiste en que si una persona opta por darse de baja de la Prepaga, puede gestionar su elección a través de la web "Opción de cambio". Allí se puede elegir cualquier entidad, sea privada o pública, la cual recibirá sus aportes.
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Requisitos para tener la cobertura en febrero: medicamentos gratis del PAMI
Por el lado de PAMI establecieron nuevos criterios socioeconómicos que determinarán si el beneficiario puede o no acceder a los medicamentos seleccionados. Estos son:
- Contar con ingresos que no superen el equivalente a 1,5 veces el salario mínimo.
- No estar afiliado a una obra social o sistema de medicina prepaga.
- Ser propietario solo de una vivienda.
- No poseer bienes de lujo.
- No tener vehículos con menos de 10 años de antigüedad.
- No contar con activos societarios que reflejen capacidad económica elevada.
Quienes cuenten con el Certificado Único de Discapacidad (CUP), no estarán obligados a cumplir con estos requisitos. Aunque lo único a tomar en cuenta es que sus ingresos mensuales sea menores a 3 haberes previsionales mínimos.
Fuente: El Cronista.