Los consumos con tarjeta de crédito para gastos en el exterior a valor dólar realizados antes del 13 de diciembre, con cierre de resumen un día después, pagarán impuestos por un 60%, según lo dispuso AFIP.
Los consumos con tarjeta de crédito para gastos en el exterior a valor dólar realizados antes del 13 de diciembre, con cierre de resumen un día después, pagarán impuestos por un 60%, según lo dispuso AFIP.
A través de la Resolución 5465/2023, publicada en el Boletín Oficial con la firma de su nueva titular, Florencia Misrahi, así Afip evitó que quienes tengan consumos en moneda extranjera tuvieran que pagar un dólar a $1.321 más 155% de impuestos, valores que regían hasta la devaluación.
"Establecer que las percepciones que deban practicarse de conformidad con la Resolución General Nº 4.815, que se hubieran realizado con anterioridad al 13 de diciembre de 2023 y siempre que se hubieran cancelado con tarjetas de crédito cuya fecha de cierre de liquidación -en la que se incluyan dichas operaciones- fuera igual o posterior al 14 de diciembre de 2023, se calcularán considerando la alícuota del 30% establecida por esa Resolución", reza la resolución.
Al justificar la decisión, Afip consideró el impacto de la devaluación del 13 de diciembre como "las nuevas condiciones del mercado cambiario". Fue cuando el ministro de Economía, Luis Caputo, decidió llevar el dólar oficial a $821, con lo cual el denominado "dólar tarjeta" que se utiliza para gastos en el exterior pasó a valer unos $1.312.
En tal sentido, evaluó "conveniente, por razones de administración tributaria, adoptar un criterio excepcional respecto a la alícuota que debe considerarse para practicar las percepciones" a " operaciones con tarjeta de crédito comprendidas en el régimen de percepción y celebradas con anterioridad a dicha fecha, que se encontraren pendientes de liquidación".
Antecedentes del cambio regulatorio
El Gobierno confirmó que los consumos con tarjeta de crédito en dólares y gastos en el exterior, realizados antes del 13 de diciembre de 2023, estarán sujetos a un impuesto del 60% si los cierres de la tarjeta ocurren después del 14 del mismo mes.
Esta medida se toma para evitar que los gastos en moneda extranjera en los resúmenes de tarjeta se vean impactados por la tasa anterior, que implicaba un dólar a $1.321 más un 155% de impuestos.
Actualización en el régimen de percepción del impuesto
Con la nueva normativa, que modifica la Resolución General 4815, Afip fija una percepción única de 30% en ciertas operaciones, en línea con los cambios en el mercado cambiario desde el 13 de diciembre de 2023.
Excepción para operaciones con Tarjetas de Crédito
Bajo la nueva regulación, la AFIP explicó que se aplicará un criterio excepcional para las operaciones con tarjeta de crédito efectuadas antes del 13 de diciembre y liquidadas después del 14 de diciembre de 2023. Estas transacciones se calcularán con una alícuota del 30%, en lugar de la tasa más elevada que regía anteriormente.
Aplicabilidad de la nueva normativa
La nueva resolución general de la AFIP entrará en vigor inmediatamente y se aplicará a las liquidaciones de tarjetas de crédito con fechas de cierre igual o posteriores al 14 de diciembre de 2023.

