¿Cómo se calcula?

Cuándo cobran el aguinaldo los docentes de Mendoza

El Gobierno de Mendoza confirmó cuándo se cobra el aguinaldo docente y hasta cuándo se debe abonar. ¿Qué sucede con los suplentes no equiparados?

Por Sitio Andino Sociedad

A partir del mes de junio, a empleados estatales y privados les corresponde el cobro del medio Sueldo Anual Complementario (SAC), también conocido como aguinaldo. Días atrás, el gobierno de Mendoza confirmó la fecha en la que se debe abonar para trabajadores estatales. ¿Corresponde también a los docentes titulares y suplentes no equiparados?

Cumpliendo con el límite establecido por ley, y con un margen considerable, el aguinaldo de junio estará depositado el próximo viernes 13, precisaron desde el Ejecutivo provincial.

En el caso de los docentes titulares y suplentes equiparados, el pago se hace en simultáneo con el del resto de los empleados estatales. Es decir, el pasado viernes ya deberían haber visto en sus cuentas lo correspondiente al medio SAC.

Los suplentes no equiparados, por otro lado, deberán esperar hasta agosto para percibir su aguinaldo, ya que sus liquidaciones se depositan a mes vencido.

En los casos en los que un docente cuente con cargos como titular y suplente, el pago del SAC se divide. Una parte llegará en junio y la otra, como en el caso de suplentes no equiparados, llegará en agosto.

¿Cuándo se cobra el aguinaldo?

Los empleadores tendrán tiempo hasta el lunes 30 de junio para efectuar el pago, según la normativa vigente. Sin embargo, muchas empresas adelantan el pago y eligen realizarlo la semana del 23 de junio.

Además, la ley contempla un período de gracia de hasta cuatro días hábiles, por lo que se extiende el límite legal hasta el 4 de julio de 2025. Se trata de un margen que les permite cierta flexibilidad a los empleadores, pero sin descuidar los derechos laborales correspondientes.

¿Quiénes cobran el aguinaldo?

El Sueldo Anual Complementario (SAC) está dirigido a los siguientes sectores de trabajadores:

  • Trabajadores formales del sector público;
  • Trabajadores formales del sector privado;
  • Jubilados y pensionados contemplados en el sistema previsional.

¿Quiénes no cobran el aguinaldo?

No todos los trabajadores reciben este plus salarial. La diferencia con quienes sí lo cobran responde a la formalidad del trabajo con los aportes previsionales y cobertura social. De esta manera, quienes no cobran el aguinaldo son:

  • Monotributistas;
  • Profesionales independientes.

¿Cómo calcular el aguinaldo?

El aguinaldo se calcula sobre la base del último salario más alto del período que corresponda. En este caso, los trabajadores percibirán la mitad del salario más alto que hayan tenido entre enero y junio de 2025. De allí, se obtiene el aguinaldo bruto.

No obstante, este bruto tiene deducción que corresponden a cargas sociales. Luego de esos descuentos, se obtendrá el aguinaldo bruto –monto que se percibe en los hechos–.

Las deducciones estándar incluyen:

  • 11% para jubilación;
  • 3% para PAMI;
  • 3% para Obra Social;
  • 2% para cuota sindical.

Entonces, si un trabajador tuvo como salario más alto $800.000, su salario bruto será de $400.000 al que deberán aplicarse los descuentos que anteriormente se señalaron.

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