El Gobierno de Mendoza promulgó el nuevo Régimen Penal Juvenil: cómo se aplicará
El Gobierno de Mendoza promulgó la norma provincial que adhiere al nuevo Régimen Penal Juvenil nacional. Cómo será el sistema judicial que abordará a los adolescentes desde los 17 años que cometan delitos.
El Gobierno de Mendoza promulgó el nuevo Régimen Penal Juvenil.
El Gobierno de Mendoza promulgó este jueves el nuevo Régimen Penal Juvenil que adapta el sistema provincial a la legislación nacional. La norma fija el marco aplicable a los adolescentes que cometan delitos, incorpora el Código Procesal Penal Juvenil y establece una estructura administrativa específica para implementar las medidas y sanciones previstas por la Justicia.
La reforma nacional entró en vigencia en todo el país el pasado 5 de septiembre y dispuso que los menores tendrán responsabilidad penal desde los 14 años y, eventualmente, recibir una pena dentro de un sistema especializado. Para adherir a ello,el Ejecutivo envió a la Legislatura una ley para reordenar los dispositivos provinciales, la cual que aprobada semanas atrás.
La promulgación fue anunciada por el gobernador Alfredo Cornejo; la ministra de Seguridad y Justicia, Mercedes Rus; el ministro de Educación, Cultura, Infancias y DGE, Tadeo García Zalazar; y el subsecretario de Justicia, Juan Carlos Jaliff.
"En Mendoza, la edad no puede ser sinónimo de impunidad. Hoy promulgamos el nuevo Régimen Penal Juvenil, una herramienta que permite a la Justicia actuar con mayor claridad frente a los adolescentes que cometen delitos, con responsabilidad, consecuencias y reinserción. Cuidar a los mendocinos también es dejar en claro que delinquir tiene consecuencias", expresó el mandatario a través de la red social X.
En Mendoza, la edad no puede ser sinónimo de impunidad.
Hoy promulgamos el nuevo Régimen Penal Juvenil, una herramienta que permite a la Justicia actuar con mayor claridad frente a los adolescentes que cometen delitos, con responsabilidad, consecuencias y reinserción.
La ley 9735, promulgada este jueves, establece que la Dirección de Responsabilidad Penal Juvenil (DRPJ) será la encargada de implementar, coordinar y supervisar las medidas, sanciones y programas socioeducativos destinados a adolescentes en conflicto con la ley penal, de acuerdo con las resoluciones judiciales.
Para esa tarea deberá contar con equipos técnicos interdisciplinarios y supervisores con formación específica en derechos de la niñez, justicia restaurativa y enfoque de género. También deberá articular con el Poder Judicial, el Ministerio Público y otros organismos vinculados al sistema de responsabilidad penal juvenil.
La Unidad de Privación de Libertad Juvenil tendrá a su cargo la gestión, seguridad, custodia y abordaje socioeducativo de los centros especializados donde se encuentren adolescentes sometidos a prisión preventiva o a penas privativas de libertad en régimen cerrado.
En tanto,la Unidad de Medidas Alternativas a la Privación de la Libertad (UMA) tendrá como función gestionar y ejecutar las medidas queno impliquen privación de la libertad, además de programas comunitarios, régimen abierto y dispositivos convivenciales de custodia. El objetivo establecido por la norma es favorecer la protección integral de derechos y la inclusión social de los adolescentes.
Guardia permanente y seguimiento territorial
La ley establece además tres dispositivos operativos para la DRPJ. El primero será un Dispositivo de Guardia Permanente, que deberá funcionar las 24 horas, los 365 días del año. Tendrá a su cargo la recepción e intervención inmediata ante situaciones urgentes relacionadas con medidas alternativas a la privación de la libertad, además de atender requerimientos judiciales y de las fuerzas de seguridad.
El segundo será un Dispositivo de Abordaje en Territorio, destinado a supervisar, acompañar y asistir a los adolescentes que atraviesen procesos penales en el ámbito comunitario. La norma plantea como objetivo favorecer la construcción de un proyecto de vida alejado de la transgresión penal y promover su inclusión social.
El tercero, un Dispositivo Residencial Socioeducativo de régimen abierto, destinado al alojamiento de adolescentes que cumplan medidas con restricciones mínimas de la libertad. Allí se priorizarán actividades educativas, formación laboral, propuestas culturales, deportivas y recreativas, además del fortalecimiento de los vínculos familiares y comunitarios.
Qué funciones tendrá el Supervisor Especializado
El régimen incorpora la figura del Supervisor Especializado, que podrá ser ejercida por operadores de la DRPJ o por profesionales incluidos en los registros correspondientes. Entre sus tareas estará mantener entrevistas con los adolescentes, realizar el seguimiento de su evolución y elaborar informes técnicos para la Justicia.
Esos informes podrán ser utilizados para adoptar decisiones vinculadas con la progresión, flexibilización o sustitución de una pena. El supervisor también deberá promover la articulación con redes socioeducativas y comunitarias y comunicar al juez cualquier incumplimiento grave e injustificado de las pautas impuestas.
Qué sanciones disciplinarias quedan prohibidas
La Dirección deberá diseñar y actualizar protocolos de disciplina y convivencia para cada centro especializado. Esos protocolos deberán establecer de manera clara las faltas, las sanciones y el procedimiento previo para aplicarlas, garantizando que el adolescente pueda ser oído y pueda apelar la sanción ante el juez competente.
La ley prohíbe expresamente los castigos corporales, los tratos crueles, inhumanos o degradantes, el aislamiento en celdas de castigo, la restricción de las visitas familiares y la privación de elementos básicos de higiene y alimentación.