20 de junio de 2026
{}
Vuelos

Un fallo dejó sin efecto la esencialidad en el servicio aeronáutico que limitaba los paros

Un juez avaló el reclamo de la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas contra las medias que tomó el gobierno nacional de Javier Milei.

Por resolución del Juzgado del Trabajo N° 42, a cargo de Ricardo Hierrezuelo, se dispuso como medida cautelar la suspensión de los Decretos 825/24 y 831/24, con los que el gobierno, en el marco del conflicto salarial con la empresa Aerolíneas Argentinas, declaraba "esencial" el servicio de transporte aéreo, lo que fue considerado por los trabajadores como una limitación del ejercicio del derecho de huelga de los pilotos, según publicó APLA hoy en su red social X.

Ante esto, la Justicia dispuso una medida cautelar que deja en suspenso la aplicación del decreto que declara "esencial" al transporte aéreo, luego de una presentación realizada por la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA).

Según el gremio, la resolución señala que se encuentra "debidamente acreditado el planteo efectuado por APLA, conforme las normas constitucionales, legales y reglamentarias" y que el derecho de huelga "se encuentra expresamente reconocido en nuestro país a partir de la incorporación del art. 14bis de la C.N. en el año 1957, así como también en el art. 8 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y en Convenio 87 de la OIT que tiene jerarquía constitucional".

Fallo en contra de la esencialidad del servicio aeronáutico

Sostienen que, debido a esto, "conserva vigencia el art. 24 original de la ley 25.877 y el decreto reglamentario 272/06, no encontrándose la actividad aeronáutica civil aerocomercial entre los servicios esenciales enumerados".

Los pilotos señalan que, "como evidencia la permanente conducta de APLA, siempre en el marco del Estado de Derecho, contestaremos a cada ilegalidad con mayor convicción sobre las razones de nuestros reclamos".

Advierten luego que "el Gobierno, con cada medida con que se involucra en el conflicto pone en evidencia, repetidamente, situarse como parte del mismo y, con ello, confundir su función de poder público con la de empleador o, peor aún, con la de intereses distintos a los del Estado Nacional y el patrimonio público, violando escandalosamente las normas vigentes y determinado responsabilidad por ello".

LO QUE SE LEE AHORA
Las dos listas cerraron campaña este viernes.

Las Más Leídas

El juicio fue firmado en el Polo Judicial de Mendoza. 
El hecho ocurrió en la intersección de las calles San Francisco Delgado y Pellegrini.
Quiniela de Mendoza hoy, en vivo: resultados del 19 de junio EN VIVO
Cómo trabajará el comercio este sábado 20 de junio, feriado por el Día de la Bandera.
Nico Occhiato rompió el silencio y aclaró cuál será el futuro para Luzu TV