En sesión especial, el Senado de la Nación Argentina rechazó los pliegos de Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla, los candidatos del Poder Ejecutivo para llenar las vacantes en la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
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Tanto el pliego de Ariel Lijo como el de Manuel García-Mansilla no recibieron el acuerdo de la Cámara Alta, por lo que se abrió un interrogante sobre su futuro. La decisión de la Justicia.
En sesión especial, el Senado de la Nación Argentina rechazó los pliegos de Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla, los candidatos del Poder Ejecutivo para llenar las vacantes en la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
La postulación de Lijo recibió 27 votos afirmativos, 43 negativos y una abstención; mientras que la de García-Mansilla fue rechazada por 51 senadores y apoyada por 20. En ambos casos, se requería el voto afirmativo de los dos tercios para que fueran designados en el máximo tribunal.
El trámite legislativo, a más de un año del anuncio de las postulaciones, encontró a los candidatos en situaciones distintas: García-Mansilla ya juró como juez de la Corte tras el nombramiento en comisión, mientras que Lijo, que no aceptó renunciar a su juzgado, esperaba el acuerdo del Senado.
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Ante el rechazo del Senado, la Constitución no indica qué sucede con los nombramientos en comisión. Lijo, aunque fue nombrado en comisión, no asumió en la Corte porque el máximo tribunal rechazó la posibilidad de que asumiera en el tribunal sin renunciar a su juzgado federal (había solicitado licencia). Ante el rechazo del Senado en la sesión de hoy, seguirá siendo juez federal.
La situación que despierta más incertidumbre es la de García-Mansilla, quien ya asumió en comisión como juez de la Corte. La Constitución no establece que una designación en comisión pierde vigencia si el Senado rechaza su pliego. Por el contrario, la carta magna determina que la única vía de destitución de los jueces de la Corte es el juicio político.
Guillermo Francos, jefe de Gabinete de la Nación, fue consultado por la situación de García-Mansilla en la previa de la sesión del Senado. “Va a seguir hasta el 30 de noviembre. Su designación es sin perjuicio de lo que resuelva el Senado de la Nación”, afirmó.
El juez federal de La Plata Alejo Ramos Padilla le ordenó a Manuel García-Mansilla que se abstenga de intervenir en causas judiciales mientras mantenga su cargo como juez en comisión designado por el Poder Ejecutivo Nacional.
La medida, de cumplimiento obligatorio, fue adoptada a través de una resolución firmada en el marco de una presentación realizada por el abogado Jorge Rizzo y el constitucionalista Andrés Gil Domínguez. Ambos impugnaron la designación de García-Mansilla en el Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal N°2, por entender que vulnera la independencia judicial.
Ramos Padilla entendió que el artículo 99 inciso 19 de la Constitución Nacional impide que un juez designado en comisión ejerza funciones jurisdiccionales, en tanto no haya recibido acuerdo del Senado.
“La falta de acuerdo del Senado de la Nación no puede ser soslayada ni sustituida por una decisión del Poder Ejecutivo Nacional”, expresó el magistrado platense, y recordó que esa es una “condición esencial para la validez del nombramiento” y que, en su defecto, “no puede válidamente ejercer la función jurisdiccional”.
En su fallo, Ramos Padilla advirtió que la situación de García-Mansilla “compromete gravemente el cumplimiento de los estándares constitucionales e internacionales de independencia e imparcialidad judicial”.
Fuente: con información de Chequeado y NA


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