El Senado se prepara para volver a debatir la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada que busca modificar la vigente Ley de Tierras Rurales (26.737). El Ejecutivo presentó la propuesta con el propósito de flexibilidad la compra -y sus condiciones- de tierras nacionales.
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Extranjerización de Tierras: el proyecto vulnera el artículo 41 de la Constitución y peligra la soberanía de Argentina
Un abogado especialista en derecho penal advirtió que el proyecto que modifica la Ley de Tierras puede generar un conflicto jurídico por los recursos naturales.
En ese marco, el abogado especialista en Derecho Penal Hernán Diego Asencio, durante una entrevista en la mesa política de Aconcagua Radio, cuestionó algunos de los cambios propuestos y sostuvo que, de aprobarse, podrían derivar en conflictos jurídicos e incluso en planteos de inconstitucionalidad.
Los cambios que propone la reforma y las advertencias jurídicas
La Ley de Tierras Rurales (26.737), vigente desde 2011, establece actualmente una serie de límites para la adquisición de tierras rurales por parte de personas físicas o jurídicas extranjeras. Entre ellos, fija un tope del 15% de tierras rurales en manos extranjeras a nivel nacional, provincial y municipal, además de restricciones para compradores de una misma nacionalidad y límites vinculados con la ubicación y extensión de los inmuebles.
El proyecto que impulsa el Gobierno modifica parte de ese esquema. Luego de abandonar la idea inicial de eliminar todas las restricciones, la iniciativa propone elevar el límite de tierras en manos extranjeras al 25%.
Sin embargo, hay otros aspectos que también el Gobierno nacional busca modificar. De hecho, el abogado identificó que algunos artículos del proyecto que se votará el jueves 6 de agosto podrían entrar en tensión con la Constitución Nacional.
Ese artículo establece el derecho a un ambiente sano y la obligación de preservar los recursos naturales para las generaciones futuras. Además podrían surgir incompatibilidades con otras normas vinculadas a las zonas de seguridad de frontera.
"Si esto se llega a aprobar vamos a tener un lío jurídico importantísimo", advirtió y recordó que ya existen antecedentes judiciales vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del DNU 70/2023 en lo referido a la derogación de la Ley de Tierras.
Recursos naturales y zonas estratégicas
Uno de los principales cuestionamientos del abogado apunta a las restricciones que hoy contempla la legislación vigente y que, según sostuvo, podrían verse flexibilizadas con la reforma.
Asencio recordó que la normativa actual impide que extranjeros adquieran determinadas tierras ribereñas a cursos de agua permanentes o de envergadura y también establece limitaciones para inmuebles ubicados en zonas de seguridad de frontera.
"La desaparición de estas restricciones va a permitir una explotación incontrolable", afirmó.
En ese sentido, explicó que el espíritu de la ley sancionada en 2011 fue precisamente proteger determinados recursos considerados estratégicos para el país. "Es protectora, no meramente declarativa", remarcó.
El especialista también hizo referencia a otra de las limitaciones previstas por la legislación vigente: la imposibilidad de adquirir más de 1.000 hectáreas en zona núcleo, o una superficie equivalente según la productividad de la tierra. Según explicó, ese criterio fue reglamentado posteriormente mediante un decreto que identifica las áreas de mayor rendimiento agrícola y establece equivalencias para otras regiones del país.
En este sentido, el riesgo no pasa únicamente por la extensión de las propiedades, sino también por el uso que podría darse a los recursos existentes dentro de ellas.
"Como dueño del fundo sos dueño de todo lo que en él se encuentra", señaló al advertir sobre el impacto que una explotación sin determinadas restricciones podría tener sobre cursos de agua y otros recursos naturales.
La comparación con otros países
Durante la entrevista, Asencio también respondió a quienes comparan la legislación argentina con la de otros países donde la compra de tierras por extranjeros presenta menos restricciones.
Según explicó, en Estados Unidos y España existen regímenes más flexibles, aunque aclaró que las realidades territoriales son diferentes.
"En España no tenés restricciones, pero tampoco tenés la posibilidad de comprarte 60.000 hectáreas de tierra rural. Podés adquirir un inmueble o un fundo, pero generalmente son minifundios, no los latifundios que tenemos en Argentina", explicó.
A su entender, la Ley de Tierras aprobada en 2011 respondió a una realidad particular del país y tuvo como objetivo establecer límites para resguardar la propiedad de las tierras rurales consideradas estratégicas. En ese sentido, recordó que la norma surgió en un contexto marcado por la polémica en torno a grandes extensiones de tierras adquiridas por extranjeros, como los casos del empresario británico Joe Lewis.
Es decir, la legislación vigente busca fijar reglas para evitar que ese tipo de situaciones se repitan. vinculados con la soberanía, la protección de los recursos naturales y el ordenamiento territorial.
En definitiva, con el tratamiento previsto en el Senado, la reforma volverá a poner sobre la mesa una discusión profundo: hasta dónde debe llegar la apertura a la inversión extranjera y qué límites deben mantenerse cuando están en juego la propiedad de la tierra y los recursos considerados estratégicos.
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