Este domingo 13 de agosto se realizan las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias - PASO 2023 - en todo el país, y se elegirá quiénes serán candidatos/as a la Presidencia, el Congreso y el Parlasur para las generales del 22 de octubre.
Este domingo 13 de agosto se realizan las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias - PASO 2023 - en todo el país, y se elegirá quiénes serán candidatos/as a la Presidencia, el Congreso y el Parlasur para las generales del 22 de octubre.
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Las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias son -precisamente- obligatorias para los ciudadanos registrados en el padrón electoral, de 18 a 70 años. Por eso, quien no concurra a votar en estas elecciones 2023 tiene que justificar su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral y si no lo hace debe pagar una multa.
Desde la web del Gobierno de Mendoza, especificarón cómo hacer para justificar la inasistencia y bajo qué circunstancias es posible hacerlo.
En este caso, el mismo día en que se celebre la elección, el elector deberá asistir con su DNI a la comisaría más próxima del lugar en el que se encuentre, y exponer el motivo por el cual no se presentó a votar a los efectos de solicitar una certificación escrita que justifique su imposibilidad de votar. Dentro de los 60 días de celebrados los comicios, deberá presentar tal constancia ante la Secretaría Electoral sito en Av. San Martín 678, 4º piso, Ciudad de Mendoza.
Quienes padezcan de una enfermedad que les impida asistir al acto electoral o se encuentren imposibilitados por fuerza mayor de cumplir con la obligación de votar, deberán justificar estas causales el mismo día de la elección mediante certificados emitidos por médicos de los servicios de sanidad nacional, provinciales o municipales o bien, si no existiera otra opción, se admitirá certificado expedido por médico matriculado que ejerza en el sistema privado de salud.
Los profesionales oficiales de referencia estarán obligados a responder el día del comicio al requerimiento del elector enfermo o imposibilitado, debiendo concurrir a su domicilio para verificar tales circunstancias y entregarle el certificado correspondiente.
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Dentro de los 60 días de celebrada la elección, deberá presentar el certificado ante la Justicia Federal con Competencia Electoral sito en Av. San Martín 678, 4º piso, Ciudad de Mendoza, a fin de justificar debidamente su inasistencia.
No. Los que por razones de trabajo estén ocupados durante las horas del acto electoral, tienen derecho a obtener una licencia especial de sus empleadores para poder concurrir a emitir el voto o desempeñar funciones en el comicio, sin deducción alguna del salario ni ulterior recargo de horario.
El elector que, tanto en las Elecciones Primarias como en las Elecciones Nacionales, no cumpla con la obligación de votar y no justifique su inasistencia ante la Secretaría Electoral del distrito correspondiente, dentro de los sesenta (60) días posteriores a la elección respectiva: