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Cámara de Diputados de la Nación Argentina

El gobierno avanza con la ley de lobby y el Súper RIGI: cuándo se votarían los proyectos en Diputados

Se trata del régimen especial para atraer inversiones tecnológicas y la ley que busca transparentar la relación entre gestores de intereses, funcionarios y legisladores. Los detalles.

Por Sitio Andino Política

Este miércoles, el gobierno nacional buscará retomar la agenda parlamentaria en la Cámara de Diputados de la Nación, mediante el tratamiento de las leyes de Súper RIGI y de regulación del lobby. A las 11 comenzarán las reuniones en las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Legislación General para tratar el "Régimen de transparencia y publicidad de gestión de intereses".

A su vez, a las 14 será la reunión conjunta de Presupuesto, Industrias y Ciencias para debatir el Régimen de Incentivos a las Grandes Inversiones (RIGI) orientado a las industrias "de frontera" tecnológica. El oficialismo busca volver a reunir a los plenarios el próximo miércoles para dictaminar los proyectos y dejarlos listos para la votación, la cual está prevista para el 24 de junio. En conjunto se trataría el proyecto que autoriza un plan de pago de deuda a dos fondos buitre.

Esa fue la fecha que el presidente de la Cámara baja, Martín Menem, le comunicó el martes de la semana pasada a los jefes parlamentarios de las principales fuerzas políticas, para que estuvieran al tanto de la hoja de ruta y el cronograma de trabajo.

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La votación de los proyectos está prevista para el 24 de junio.

De qué se trata el proyecto de ley de lobby

Con la iniciativa para regular el lobby, que imita el modelo americano, el gobierno busca darle un marco de transparencia a las gestiones legítimas que realizan empresas o intermediarios ante los funcionarios y legisladores para promover intereses sectoriales e influir en la toma de decisiones del Poder Ejecutivo y del Legislativo.

La norma propuesta crea un Registro Público de Gestiones e Intereses donde se deberán inscribir lobistas, y exige declaraciones juradas sobre intereses representados, clientes o beneficiarios de las gestiones. Además, estos registros deberán contener:

Los gestores de intereses que incurran en infracciones serán sancionados con multas desde 500 salarios mínimos hasta la inhabilitación definitiva para ejercer actividades como lobistas. Por representación clandestina de intereses extranjeros será reprimido con prisión de seis meses a tres años e inhabilitación especial por el doble de tiempo de la condena.

La iniciativa exige también obligaciones para los funcionarios públicos, tanto del gobierno como del Congreso, que deberán dar publicidad de cada audiencia que tengan con lobistas y rendir cuentas de esos vínculos.

En principio, el oficialismo no debería tener problema es darle media sanción a este proyecto: existe un núcleo de coincidencias filosóficas con otras bancadas de la oposición dialoguista sobre la necesidad de terminar con la opacidad que caracteriza el lobby en Argentina desde hace décadas.

La tercera versión del RIGI

Después del RIGI y del RIMI, llega el Súper RIGI. Tampoco deberían presentarse demasiados obstáculos para la aprobación de este régimen, teniendo en cuenta que en un escenario más adverso en el Congreso como fue el 2024, logró los consensos suficientes para la versión original contenido en la Ley Bases.

La iniciativa otorga cuantiosos beneficios fiscales y se orienta a captar inversiones de gran escala en sectores que estaban excluidos en el RIGI original, y que tienen que ver con la industrialización de minerales críticos como litio y uranio, producción de baterías y energías renovables como hidrógeno verde, vehículos eléctricos, turbinas eólicas y paneles solares, reactores nucleares pequeños y medianos, semiconductores, inteligencia artificial, entre otros desarrollos tecnológicos.

Para ingresar a los beneficios de este esquema se requiere un umbral de inversiones mínimas de 1.000 millones de dólares, superando ampliamente los 200 millones del RIGI original. A estas industrias de “frontera” tecnológica se les ofrece un horizonte de estabilidad fiscal, aduanera y cambiaria por un período de 30 años.

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A diferencia del RIGI, que tenía una duración de dos años con una prórroga por un año adicional, opción que se hizo efectiva, el Súper RIGI tiene un plazo más largo de cinco años y uno extra de prórroga. Es un régimen bastante más restrictivo que la versión original y excluye los proyectos de recursos naturales y de infraestructura. Además, no pueden aplicar al Súper RIGI proyectos existentes ampliables como sí en el RIGI. En lo concreto, el régimen propone:

Por otra parte, los quebrantos podrán deducirse sin límite temporal, en tanto que los dividendos tributarán 7%, una alícuota que bajará al 3,5% luego de cuatro años de adhesión. Como si fuera poco, el Súper RIGI ofrece exención de derechos de importación, eliminación de derechos de exportación, y supresión de restricciones y cupos para operar. En tanto, se propone la disponibilidad progresiva de divisas de exportación: a los tres años los inversores del régimen podrán disponer del 100% de los dólares exportados.

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