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Deuda

Defensa del Consumidor creó una oficina para ayudar a familias a renegociar sus deudas

La nueva oficina funcionará en Defensa del Consumidor y permitirá iniciar una conciliación gratuita con bancos, tarjetas y financieras.

Por Cecilia Zabala

El Gobierno de Mendoza puso en marcha una nueva herramienta destinada a las personas y familias que atraviesan graves dificultades para afrontar sus deudas. A través de la Resolución 384, la Dirección de Defensa del Consumidor creó la Oficina de Conciliación de Reestructuración de Deudas de Consumo (OCDC).

El nuevo organismo tendrá como objetivo intervenir ante situaciones de sobreendeudamiento y generar un espacio para que los consumidores puedan negociar con sus acreedores una reestructuración de sus obligaciones antes de llegar a una situación de insolvencia definitiva.

El procedimiento será administrativo, prejudicial, gratuito y voluntario para las partes. Esto significa que no se trata de un concurso de acreedores ni de una quiebra y que Defensa del Consumidor tampoco podrá imponer unilateralmente una quita o un determinado plan de pagos.

La intención es generar una instancia de conciliación entre el deudor y sus acreedores para intentar alcanzar un acuerdo que permita sanear o reestructurar las deudas.

Quiénes podrán pedir una reestructuración de sus deudas

Uno de los puntos centrales de la Resolución 384 es que establece parámetros concretos para determinar cuándo existe una situación grave o inminente de insolvencia personal o familiar.

Podrán solicitar la intervención de la OCDC los consumidores con domicilio real en Mendoza que hayan contraído obligaciones en el marco de una relación de consumo y cuyos compromisos financieros superen el 30% de los ingresos mensuales netos del grupo familiar conviviente.

El porcentaje disminuye al 25% de los ingresos cuando se trate de hogares en situación de especial vulnerabilidad social.

Dentro de esta última categoría se encuentran los hogares integrados por menores a cargo, personas con discapacidad, jubilados o pensionados que perciban el haber mínimo, desempleados, beneficiarios de programas sociales o trabajadores informales.

La intervención procederá siempre que todavía exista la posibilidad de evitar una situación de insolvencia o quebranto total mediante el saneamiento o la reestructuración de las obligaciones.

Tarjetas, préstamos y financieras: qué deudas estarán incluidas

La nueva oficina no abarcará cualquier tipo de obligación. La resolución está orientada específicamente al endeudamiento generado por relaciones de consumo.

Entre las deudas que podrán ser sometidas al procedimiento aparecen las originadas en tarjetas de crédito, préstamos personales, financiamiento comercial, proveedores no financieros de crédito, plataformas financieras digitales legalmente autorizadas y créditos otorgados por mutuales y cooperativas.

También podrán participar del procedimiento bancos y entidades financieras, emisores bancarios y no bancarios de tarjetas de crédito, fideicomisos financieros, cesionarios de créditos de consumo y personas humanas o jurídicas que realicen habitualmente operaciones de crédito para consumo y estén legalmente autorizadas.

La resolución fundamenta la creación de la oficina, entre otras cuestiones, en el crecimiento del endeudamiento mediante tarjetas de crédito y préstamos personales, además del avance de otras modalidades de crédito.

Defensa del Consumidor también podrá analizar dentro de su competencia la existencia de prácticas abusivas, falta de información, cobros indebidos o presiones indebidas de los acreedores.

Las deudas que no podrán ingresar

La Resolución 384 establece también una serie de exclusiones.

No podrán tramitarse mediante la OCDC las deudas garantizadas por hipoteca, obligaciones alimentarias, multas y sanciones penales ni aquellas provenientes de actividades empresariales o comerciales que no estén relacionadas con el consumo familiar.

También quedarán afuera los casos en los cuales el capital total de las obligaciones supere los 100 salarios mínimos, vitales y móviles vigentes al momento de solicitar la intervención.

Una herramienta distinta de la Ley de Alivio Financiero

La creación de la OCDC se produce en el mismo contexto en el que Mendoza avanzó con otras medidas vinculadas al endeudamiento y la morosidad, aunque no se trata de la reglamentación de la denominada Ley de Alivio Financiero recientemente sancionada por la Legislatura.

La Resolución 384 se apoya principalmente en las facultades que tiene la Dirección de Defensa del Consumidor y crea específicamente un procedimiento administrativo de conciliación para consumidores sobreendeudados.

De esta manera, ambas iniciativas pueden funcionar como herramientas frente a los problemas de endeudamiento, pero mediante mecanismos diferentes.

En el caso de la OCDC, el objetivo es sentar en una misma instancia al consumidor y sus acreedores para buscar una salida negociada que permita reestructurar las obligaciones y evitar que la situación económica del deudor termine en un quebranto total.

Educación financiera obligatoria para quienes ingresen al programa

La resolución incorpora además otro requisito para quienes soliciten este mecanismo.

Defensa del Consumidor deberá promover, en coordinación con el Ministerio de Educación, Cultura, Infancias y la DGE, programas de educación financiera y consumo responsable destinados a prevenir situaciones de sobreendeudamiento.

La participación en esas instancias será obligatoria para las personas que hayan solicitado el procedimiento de mediación para reestructurar sus deudas.

La nueva oficina comenzará a funcionar bajo las condiciones establecidas por Defensa del Consumidor y el procedimiento específico previsto para la conciliación, con la intención de ofrecer una instancia institucional antes de que las dificultades financieras de una familia se vuelvan irreversibles.

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