3 de noviembre de 2026
{}
Suprema Corte de Justicia de Mendoza

La Corte anuló los sobreseimientos y continuará con el juicio por la tragedia de La Cuesta de los Terneros

La Suprema Corte hizo lugar al recurso de casación del fiscal Peñasco y dejó sin efecto el sobreseimiento de la esposa y el padre del chofer. La causa deberá avanzar hacia un juicio por jurado.

Por Cristian Pérez Barceló

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza dejó sin efecto el sobreseimiento de la esposa y del padre del chofer que provocó la tragedia de la Cuesta de Los Terneros. La sentencia del máximo tribunal provincial hizo lugar al recurso de casación interpuesto por el fiscal Pablo Peñasco y ordenó la designación de un nuevo juez técnico para dirigir el juicio por jurado contra los acusados.

De esta manera, Marcia Gabriela Villagra y Franco Jorge Pinelli deberán someterse a juicio penal como presuntos partícipes necesarios del homicidio con dolo eventual de 15 víctimas. Recordemos que el hecho ocurrió el 25 de junio de 2017 y dejó un saldo de 15 víctimas fatales y más de 20 heridos, en su gran mayoría niños y adolescentes.

Cómo ocurrió la tragedia de la Cuesta de Los Terneros

El micro transportaba a alumnos, profesores y familiares de los chicos de danzas de la escuela Soul Dance Studio, de Grand Bourg (partido de Malvinas Argentinas, Buenos Aires). El contingente había viajado a San Rafael para participar en un concurso de baile.

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza dejó sin efecto el sobreseimiento de la esposa y del padre del chofer.

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza dejó sin efecto el sobreseimiento de la esposa y del padre del chofer.

Luego de una visita al complejo invernal Las Leñas, mientras descendían por la Cuesta de Los Terneros, a la altura del kilómetro 686 de la Ruta Nacional 144, una zona caracterizada por su trazado sumamente sinuoso, el colectivo chocó contra la montaña. Durante el vuelco, el vehículo aplastó a las víctimas.

Las pericias determinaron que Jorge Pinelli hijo (el chofer que falleció en el acto), circulaba con exceso de velocidad (a más de 90 km/h en una zona con máximas permitidas de entre 20 y 40 km/h) y que el colectivo no contaba con la habilitación correspondiente de la CNRT para realizar transporte interjurisdiccional.

Justamente, la obtención irregular de autorizaciones mediante fraudulentos informes técnicos son los que se les endilgan a la esposa del chofer por ser la propietaria del vehículo. La causa estuvo a punto de llegar a juicio, pero el magistrado interviniente, Rodolfo Luque, entendió que la única persona a la que correspondía acusar era al chofer fallecido y dispuso el sobreseimiento de los otros imputados.

Los fundamentos de la Suprema Corte de Mendoza

Sin embargo, la Corte resolvió este martes que el sobreseimiento dispuesto por el juez técnico fue prematuro e improcedente. En su sentencia sostuvo que la decisión excedió las facultades del magistrado y afectó las atribuciones del Ministerio Público Fiscal.

En ese sentido, el máximo tribunal provincial señaló: "El sobreseimiento dispuesto por el juez técnico devino prematuro, sorpresivo e improcedente a los términos del art. 373, 353 inc. 2 y conc. del CPP, al exceder los límites de su actuación y alejarse del sistema acusatorio de tipo adversarial, desplazar la función que le es propia y exclusiva al Ministerio Público Fiscal, y no realizar la audiencia preliminar prevista en el art. 364 del CPP y art. 3 de la ley 9.106, suspendida a pedido de la defensa técnica de las personas acusadas y sin haberse reprogramado a pesar de existir constancias de su procedencia".

"Además, en la causa obran elementos probatorios suficientes e idóneos para sostener con el grado de probabilidad exigido conforme la etapa procesal transitada, tanto la materialidad de los hechos, como la responsabilidad penal de las personas acusadas, conforme se planteó en el requerimiento de elevación a juicio de fecha 19 de noviembre de 2024, atento las particularidades de la causa, cuya complejidad se destacó en forma coincidente por las partes desde el inicio de las investigaciones", dice la sentencia de la Corte.

Y agrega qué "de tal manera que el acierto o error de las calificaciones jurídicas propuestas en la hipótesis acusatoria, será una cuestión a dirimir en la etapa del proceso correspondiente. Por tanto, corresponde hacer lugar al recurso de casación analizado".

LO QUE SE LEE AHORA
La agresión ocurrió a primera hora de este martes. 

Las Más Leídas

El Arena Maipú fue sede de cuatro jornadas de competencia del Panamericano de Taekwondo ATA 2026.
La agresión ocurrió a primera hora de este martes. 
El exfuncionario está imputado por tenencia ilegal de arma de guerra y coacciones.
Cómo está el Paso Internacional Los Libertadores.
Así estará el pronóstico del tiempo este domingo 3 de mayo en la provincia de Mendoza.