19 de agosto de 2026
{}
Marcelo D'Agostino

La causa contra Marcelo D'Agostino suma una nueva polémica por el registro de una pericia

La abogada de la denunciante cuestionó la diferencia entre las fechas que figuran en el expediente digital de una pericia realizada a D'Agostino. Qué dijo el Ministerio Público Fiscal.

Por Carla Canizzaro

La causa contra el exsubsecretario de Justicia Marcelo D'Agostino, denunciado en abril por su expareja por hechos vinculados a violencia de género, abuso sexual y otros delitos, sumó una presentación que abrió un nuevo foco de controversia. La abogada de la denunciante, María Elena Quintero, puso bajo análisis el funcionamiento del sistema de expedientes digitales del Ministerio Público Fiscal (MPF).

El planteo surgió a partir de una diferencia detectada entre las fechas asociadas a un informe psicopatológico realizado a D'Agostino. Según advirtió la querella, el documento aparece firmado digitalmente el 3 de julio de 2026, pero en el registro cronológico del expediente figura con fecha del 27 de mayo.

A partir de esa situación, Quintero realizó una presentación contra quienes resulten responsables por el registro o la parametrización temporal de una actuación identificada con el número de orden 330.

Qué cuestiona la querella sobre el expediente digital

La presentación no sostiene como un hecho probado que una persona haya ingresado al sistema para modificar deliberadamente el expediente. Por el contrario, plantea distintas hipótesis que deberán ser esclarecidas mediante una investigación informática.

María Elena Quintero, puso bajo análisis el funcionamiento del sistema de expedientes digitales del MPF.

María Elena Quintero, puso bajo análisis el funcionamiento del sistema de expedientes digitales del MPF.

Una de las posibilidades mencionadas es que haya existido algún tipo de intervención sobre la base de datos o los permisos de carga. La otra hipótesis apunta al propio funcionamiento del sistema del MPF y plantea que podría existir una herramienta que permita reservar un número de orden cuando se genera una solicitud y completar posteriormente ese mismo registro con la documentación producida.

El planteo de la querella sostiene que, incluso si esta última explicación fuera la correcta, persistiría un interrogante: qué fecha pueden tomar como referencia las partes para determinar cuándo una prueba fue efectivamente incorporada al expediente y quedó disponible para su consulta.

La presentación resume el cuestionamiento al señalar que "la falsedad no reside en ninguna de esas dos fechas tomadas aisladamente", sino, según la denuncia, en la información cronológica que finalmente muestra el sistema a quienes tienen acceso al expediente.

La explicación del Ministerio Público Fiscal sobre las fechas

Ante la controversia, la Unidad Fiscal de Violencia de Género del Ministerio Público Fiscal difundió un comunicado en el que rechazó categóricamente que haya existido una manipulación del expediente. "No ha existido tal manipulación", sostuvo el organismo.

"No ha existido tal manipulación", sostuvo el organismo.

El MPF explicó que, cuando se ordena una pericia que debe ser realizada por el Cuerpo Médico Forense, se asigna un profesional y se genera un documento que contiene los puntos que deberán ser analizados. Según la explicación oficial, ese documento se va completando a medida que avanza la pericia, que puede incluir más de una entrevista.

Una vez finalizada la medida, se incorporan las conclusiones y se realiza la firma de los profesionales intervinientes. De acuerdo con el organismo, recién después de la firma el documento se vuelve visible para el fiscal y las partes. Aplicado al caso de D'Agostino, el MPF señaló que el 27 de mayo se generó el documento con los puntos periciales, mientras que el 3 de julio finalizó la pericia y se concretaron las firmas.

"Las fechas señaladas en la denuncia de referencia corresponden a diferentes momentos de una misma actuación", explicó la Unidad Fiscal.

La respuesta de la querella al comunicado del MPF

Tras conocerse la explicación oficial, María Elena Quintero difundió una respuesta en la que sostuvo que el comunicado del Ministerio Público Fiscal no despeja el cuestionamiento planteado en la denuncia. "El comunicado del Ministerio Público Fiscal no desmiente la denuncia. La confirma", afirmó la abogada.

Marcelo D'Agostino fue denunciado en abril por su expareja por hechos vinculados a violencia de género y abuso sexual.

Marcelo D'Agostino fue denunciado en abril por su expareja por hechos vinculados a violencia de género y abuso sexual.

Para la letrada, el punto central no consiste en discutir que la actuación haya podido ser generada originalmente el 27 de mayo, sino en determinar qué información cronológica recibe una de las partes cuando posteriormente consulta el expediente.

Quintero sostuvo que, si el propio MPF reconoce que el documento no era visible para las partes hasta que estuviera terminado y firmado, entonces debería establecerse cuándo fue efectivamente puesto a disposición y qué fecha registra el sistema respecto de ese momento.

Cuando la única fecha que el sistema muestra a las partes no informa cuándo se incorporó una prueba, el registro deja de cumplir la función de fe pública que justifica su existencia Cuando la única fecha que el sistema muestra a las partes no informa cuándo se incorporó una prueba, el registro deja de cumplir la función de fe pública que justifica su existencia

Según la querella, la cuestión no sería meramente técnica. Las fechas pueden tener consecuencias jurídicas, ya que pueden resultar relevantes para el cómputo de plazos, el ejercicio del derecho de defensa y el control de las pruebas incorporadas a una investigación penal.

La investigación deberá determinar qué ocurrió

La presentación de la querella no afirma que haya existido un ataque informático ni atribuye de manera concreta la adulteración del expediente a un operador.

El planteo contempla dos escenarios: una eventual intervención humana sobre los registros o permisos del sistema, o que la diferencia entre las fechas sea consecuencia del propio diseño y funcionamiento del sistema informático utilizado por el Ministerio Público Fiscal.

En ese contexto, el punto que permanece en discusión es qué significado tiene cada una de las fechas que aparecen en el expediente digital y cuál permite determinar cuándo una prueba quedó efectivamente incorporada y disponible para las partes.

La controversia, por lo tanto, quedó centrada en el funcionamiento y la trazabilidad del sistema de expedientes digitales. Será la investigación correspondiente la que deberá establecer si existió alguna irregularidad o si las diferencias observadas responden al mecanismo habitual de carga y registro de las actuaciones.

LO QUE SE LEE AHORA
Mauro Alcaino Morales fue imputado por un exceso de defensa. 

Las Más Leídas

Cerró el Hiper Libertad de Mendoza, pero el centro comercial sigue abierto: cuál es el futuro de los locales
Adriana Trillar Rodríguez falleció alrededor de las 20
Brutal asesinato de un joven de 20 años en Las Heras. 
Paso Internacional Los Libertadores.
Habilitan el turismo interno a los centros de esquí tras el malestar de comerciantes y agencias.