31 de octubre de 2026
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Reclamo de Clarín

La Justicia frenó polémico artículo de la reforma del mercado de capitales

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial suspendió la aplicación de un artículo de la ley que le permite a la Comisión Nacional de Valores disponer la intervención de una empresa.

Por Sección Economía
La Cámara Nacional de  Apelaciones en lo Comercial suspendió la aplicación de un artículo de la ley de mercado de capitales que le permite a la Comisión Nacional de Valores (CNV) disponer la intervención de una empresa.

La causa fue dictada por la Sala A de la Cámara de Apelaciones, integrada por los María Elisa Uzal, Isabel Míguez y Alfredo Kölliker Frers, a pedido de dos accionistas minoritarios del Grupo  Clarín.

Según publicó un matutino porteño, la sentencia dispuso "la  suspensión precautoria del artículo 20, inciso A, apartados I y II de la ley 26.831, y de toda norma legal -incluido el decreto 1023 de la Presidenta- y de toda norma legal, reglamentaria o  administrativa en contra del Grupo Clarín".

En concreto, la Cámara dispuso suspender la aplicación del artículo 20 de la nueva ley de mercado de capitales hasta que la Corte resuelva si la jurisdicción competente para resolver el caso es la justicia comercial o el fuero federal en lo contencioso administrativo.

A partir del fallo, ni la CNV ni ningún otro organismo podrá intervenir al Grupo Clarín, desplazar a su directorio o nombrarle  un veedor.

Ahora se espera que el organismo que encabeza Alejandro Vanoli, que viene aplicando la nueva ley de mercado de capitales, apele la medida ante la Corte Suprema.

La nueva norma fue sancionada a fines del año pasado y a ella se sumó el decreto 1023, del 1 de agosto pasado, que reglamentó 43 de los 156 artículos de la ley.

Ese decreto dispone un procedimiento para la protección de los accionistas minoritarios, por el cual, quienes acrediten poseer por lo menos el 2 por ciento del capital social, pueden plantear la intervención de una compañía sin que medie el visto bueno de la Justicia.

Puntualmente, el artículo 20 faculta a la CNV a enviar veedores con poder de veto a una empresa cuando considere que pueden resultar "vulnerados los intereses de los accionistas minoritarios" o, directamente, a intervenir la compañía, con  desplazamiento del directorio.

La semana pasada, la Asociación Empresaria Argentina (AEA) emitió un comunicado criticando la norma. Fuente: NA
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