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Ahora, los controles se extienden a los créditos bancarios
Los bancos deberán informar a la AFIP sobre el movimiento de divisas que realicen sus clientes para financiar los créditos hipotecarios.
La AFIP había exceptuados a estos casos de los requisitos para la compra de divisas para incorporar a su base de datos toda la información de los últimos préstamos para la adquisición de una vivienda otorgados por los bancos.
Otros sectores
El BCRA mediante la comunicación A-5309 eliminó todas las excepciones a la obligatoriedad de informar a la AFIP y obtener validación fiscal, cuando se trate de la adquisición de divisas correspondientes a operaciones de organismos internacionales e instituciones que cumplan funciones de agencias oficiales de crédito a la exportación; y gobiernos locales.
También deberán informar las operaciones de empleados de gobiernos locales que no estén integrados al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Además están contempladas las operaciones que realicen las personas físicas que apliquen a la compra de billetes en moneda extranjera, los fondos resultantes del ingreso del cobro de jubilaciones y pensiones percibidas del exterior, con boletos de cambio.
Fuente: Minuto Uno