21 de agosto de 2026
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Desde mañana empresas pueden inscribirse en el Repro II para el pago de los sueldos de marzo

Por Sección Economía

Desde mañana miércoles 23 y hasta el 30 de marzo es el plazo fijado  para la inscripción al Programa de Reactivación Productiva II (Repro II) por el Ministerio de Trabajo, que extendió el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos para los salarios devengados en marzo.

Según la resolución 287/2022 publicada hoy en el Boletín Oficial la extensión del plazo se determinó "en virtud de las consecuencias provocadas por la situación de emergencia generada por la pandemia de Covid-19 que continúan afectando a ciertas actividades y sectores de la economía".

Además, se determinaron las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, respecto de las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del Repro II.

Los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) serán febrero de 2019 y el mismo mes de 2022, pero sin considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1 de enero de 2019.

Asimismo, el mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia será febrero último, mientras el corte de actualización de bajas de nómina y el de CBU serán hasta el 21 de marzo. En el caso de trabajadoras y trabajadores independientes de sectores críticos, debe acreditarse una reducción de la facturación superior al 30% en términos reales, para el periodo comprendido entre febrero último y mismo mes de 2019.

Asimismo, el período de referencia de pagos a acreditar será para autónomos desde julio de 2021 hasta enero de este año, y para monotributistas desde agosto del año pasado hasta febrero de este año.

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