Productores de peras y manzanas podrán refinanciar deudas previsionales hasta en 7 años
Termina un año difícil, donde la asistencia financiera a distintos sectores fue una constante. Pero la ayuda tendrá una transición, al menos para parte de la economía regional: por caso, los productores de peras y manzanas de Mendoza tendrán algo más de "aire" para saldar sus obligaciones impositivas más allá del 31 de diciembre. En el mejor de los casos, hasta el año 2029.
Así lo dispuso Afip al prorrogar con un nuevo régimen de facilidades el pago de aportes y contribuciones de seguridad social, los períodos vencidos entre el 1 de junio y el último día del 2020, contemplado en el Programa de Asistencia a la Cadena de Producción de Peras y Manzanas. Cabe recordar que, por la emergencia económica, los vencimientos tanto de productores mendocinos como de Neuquén, Río Negro, San Juan y La Pampa se habían postergado el 22 de julio vía decreto 615.
La adhesión al plan que comprende hasta 90 cuotas,podrá realizarse entre el 20 de enero y el 31 de marzo de 2021. Y la cancelación "no implica reducción de intereses, así como tampoco la liberación de las sanciones pertinentes", informaron desde Afip sobre el régimen, que tiene excepciones: no incluye aportes a obras sociales, ni al Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE) o al de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA), además de las cuotas a las ART (Aseguradoras de Riesgos de Trabajo) y las del Seguro de Vida Obligatorio.
Actualmente, la producción de fruta de pepita en Mendozasuma alrededor de 2 mil hectáreas en total. La mayor parte, un 80%, corresponde a montes de manzana en el Valle de Uco, y el resto, puntualmente de pera, está en General Alvear. Salvo excepciones, una característica es la falta de inversión en manejo acorde de las fincas, frente a lo cual la decisión de Afip puede ser una buena noticia.
"Suponemos que los productores no escapan a las generales de la ley en cuanto al nivel de endeudamiento y el crítico estado financiero, y para algunos las sucesivas prórrogas se tomaban como una bola de nieve que en algún momento debía desarmarse. En algunas zonas la exigencia de regularizar las obligaciones de otro modo implicaría directamente ir a la quiebra", consideró Raúl Aruani, de Aspeff (Asociación de Productores y Exportadores de Fruta Fresca).
Cuánto, cuándo y cómo
El beneficiario que suscriba un plan asume cuotas mensuales, idénticas y consecutivas por el pago de capital, que se calcularán según fórmulas contempladas en la pestaña "Mis Facilidades" (www.afip.gob.ar/misfacilidades).
Los montos arrancan en $1.000, y el interés se calcula de acuerdo con el siguiente esquema: 2% mensual para las cuotas que venzan hasta julio de 2021, y desde agosto, la tasa será variable y equivalente a la Badlar en pesos utilizada por los bancos privados, vigente al día 20 del mes inmediato anterior al inicio del semestre que corresponda (agosto 2021/enero y febrero/julio).
¿Qué requisitos se deben cumplir? Además de las Declaraciones Juradas de las obligaciones a regularizar y el CBU de la cuenta para debitar los pagos, deben poseer Domicilio Fiscal electrónico y contar con el "Sistema Registral" bajo el código de caracterización "465 - Beneficio Productores de Peras y Manzanas - Decreto 615/2020", de acuerdo con lo establecido por el artículo 4° de la Resolución General N° 4.790.
Así, el beneficiario podrá ingresar al sistema Mis Facilidades, convalidar los períodos a refinanciar y luego consolidar la deuda, antes del calcular intereses y elegir el plan. Las cuotas vencerán el día 16 de cada mes, y en caso de no completarse el débito en cuenta habrá una segunda chance el 26 del mismo mes. También el régimen contempla la cancelación anticipada en 1 pago.
La caducidad por falta de pago tiene cierta flexilibidad temporal: puede ocurrir si se registran al menos 2 cuotas pendientes, consecutivas o alternadas, a los 60 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la segunda de ellas, o 1 cuota, pasados 2 meses desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan. Y no excluye que Afip pueda iniciar el cobro vía judicial del total adeudado.