3 de octubre de 2026
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Seguirá suspendida la baja de monotributistas por falta de pago o exceder la facturación

Por Sección Economía

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó la prorroga de la decisión de no aplicar bajas de oficio del monotributo a ningún contribuyente que acumule faltas de pago de sus obligaciones durante julio. Asimismo, tampoco quedan alcanzados quienes excedan el límite máximo de facturación del régimen, de algo más de $217 mil mensuales.

Lo hizo a través de la resolución general 4782/2020, publicada en el Boletín Oficial, que extiende beneficios vigentes desde marzo para amortiguar los efectos de la cuarentena sobre pequeños contribuyentes. La normativa establece que un contribuyente es dado de baja cuando no paga diez cuotas consecutivas, pero ahora se deja afuera de consideración de los períodos marzo, abril, mayo y junio, y ahora también julio de 2020 "a efectos del cómputo del plazo para aplicar la baja automática".

La RG 4782 también suspende las bajas del régimen de monotributo por una facturación que exceda el máximo establecido por la categoría K, la máxima disponible, que fija un tope de facturación anual de $ 2.609.240,69 o un máximo mensual de $ 217.349,75.

En conjunto, la medida, que ya está vigente y rige desde el 1 de agosto, alude a la vigencia del ASPO (Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio) y el DSPO (Distanciamiento) en  todo el territorio del país.

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