18 de julio de 2026
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bajo la lupa

Crimen de Matías Quiroga: analizan pedir jury a los jueces Mathus y Vargas Romero

Para el diputado del PJ Federal, Daniel Cassia, "habría otro sospechoso más, involucrado, que se fugó en una salida transitoria". La situación de los magistrados podría complicarse en los próximos días.

Es que según se supo uno de los malvivientes que participó del hecho estaba prófugo de la Colonia Penal de Gustavo André y cumplía una condena de 20 años, que finalizaba en el 2021. El interno, que había sido condenado por tentativa de homicidio y robo agravado, en enero aprovechó el beneficio de la salida transitoria y nunca regresó. Ayer durante la multitudinaria marcha que realizaron familiares y amigos de Matías, su madre, María Inés Ortíz cuestionó el papel “del que firmó para que salga de la cárcel”.

En tanto, el padre de Matías Osvaldo Quiroga, presentó un petitorio al vicegobernador Carlos Ciurca, con un claro pedido de endurecimiento de leyes y datos sobre “totalidad de los funcionarios que conforman el fuero penal, entre otros puntos”.

Luego del lamentable episodio que terminó con la vida de un inocente, ahora los jueces de ejecución penal están bajo la lupa. Es por eso que el diputado del Peronismo Federal, Daniel Cassia, propuso ante la Bicameral de Seguridad (recientemente conformada y presidida por el demócrata Aldo Vinci), analizar la posibilidad de iniciar un jury de enjuiciamiento para esos magistrados.

Además el diputado fue más allá y se animó a decir que habría “otro sospechoso partícipe del golpe al blindado que también se habría fugado en una de las salidas transitorias”. “Estamos investigando y reuniendo toda la información”, expresó.

Fuente: Diario Los Andes.
En Mendoza son dos los jueces de ejecución penal que se encargan de autorizar las salidas transitorias de los internos, Eduardo Mathus y María Inés Vargas Romero y la mirada de la sociedad hoy está centrada en ellos. Según indicó el legislador, “las últimas resoluciones las habría firmado Mathus”.

¿De qué manera se autoriza una salida transitoria?

Según establece el artículo 28 de la Ley de Ejecución Penal Nº 24. 660, “el juez de ejecución o juez competente podrá conceder la libertad condicional al condenado que reúna los requisitos fijados por el Código Penal, previo los informes fundados del organismo técnico-criminológico y del consejo correccional del establecimiento. Dicho informe deberá contener los antecedentes de conducta, concepto y dictámenes criminológicos desde el comienzo de la ejecución de la pena”.

Según datos aportados por Cassia, el dictamen del consejo correcional sobre el prófugo que participó en el asalto al blindado fue positivo, mientras que el del organismo técnico criminológico tuvo un resultado negativo, razón por la cual podría complicarse la situación del magistrado que otorgó el beneficio de la salida transitoria.

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