Las mujeres víctimas de una violación pueden recurrir a un aborto, sin previa autorización judicial y, al igual que los médicos que las asistan, están exentas de pena, ratificó hoy en un fallo la Corte Suprema de la Nación.
10 de abril de 2026
Las mujeres víctimas de una violación pueden recurrir a un aborto, sin previa autorización judicial y, al igual que los médicos que las asistan, están exentas de pena, ratificó hoy en un fallo la Corte Suprema de la Nación.
La Corte adoptó esa medida, al confirmar la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Chubut que, en marzo de 2010, autorizó el aborto de una joven de 15 años que quedó embarazada al haber sido violada por su padrastro, informaron fuentes judiciales.

