4 de octubre de 2026
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Fin del cepo

Hay nuevas condiciones para el ingreso de divisa

Se eliminaron los encajes bancarios que eran exigidos desde 2005.

Por Sección Economía

El Gobierno oficializó hoy la eliminación de los encajes bancarios que eran exigidos desde 2005, para las inversiones extranjeras y las deudas tomadas por privados fuera de la Argentina. Además, redujo de 365 a 120 días el plazo mínimo de permanencia en el país de los fondos ingresados, a partir de una resolución del Ministerio de Hacienda y Finanzas publicada en el Boletín Oficial, informa NA.

El encaje bancario es el dinero que los bancos deben inmovilizar cuando hacen una captación del público: se trata de una medida para garantizar que las entidades financieras siempre tengan dinero disponible en caso que sus clientes lo requieran. 

A través de esa medida, el Ministerio recordó que mediante el Decreto N° 616 del 9 de junio de 2005, "se estableció un régimen aplicable a los ingresos de divisas en el mercado de cambios con el objeto de profundizar los instrumentos necesarios para el seguimiento y control de los movimientos del capital especulativo con que contaban el entonces Ministerio de Economía y el Banco Central". 

En esa línea, explicó que el decreto en cuestión estableció "los requisitos a observar en el caso de determinados ingresos de fondos por endeudamientos financieros del sector privado y por ingresos de fondos de no residentes consistentes en: un plazo mínimo de maduración o permanencia —en ambos casos de 365 días corridos—, que la operación se cursara con intervención del sistema bancario local y la constitución de un depósito nominativo, no transferible y no remunerado por el 30% del monto involucrado, durante un plazo de 365 días corridos". 

"Tomando en cuenta la situación financiera nacional e internacional y las modificaciones dispuestas en el mercado de cambios, resulta oportuno contribuir a la profundidad y liquidez del mercado, modificando las exigencias referidas", justificó Hacienda y Finanzas. 

En consecuencia, desde este viernes, quienes ingresen divisas por inversión o préstamos contraídos en el exterior quedarán exentos de efectuar un depósito y, así, podrán disponer libremente de los fondos a partir de los 120 días corridos. "Era una medida que quedó vieja, de la época en que ingresaban dólares", señaló esta semana el ministro de Hacienda y Finanzas, Alfonso de Prat Gay.

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