8 de noviembre de 2026
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Sentencia

Los parlamentarios de Mercosur no tendrán fueros

La Cámara Nacional Electoral rechazó las inmunidades de los legisladores que sean electos en las próximas elecciones.

Por Sección Política

La Cámara Nacional Electoral (CNE) rechazó este jueves las inmunidades de los parlamentarios del Mercosur que sean electos, al considerar que es "un privilegio reconocido por la Constitución Nacional a los miembros del Poder Legislativo", por lo que "no pueden ser ampliados por ley".

En la sentencia de la Cámara, dictada por unanimidad de sus miembros -Santiago H. Corcuera, Alberto R. Dalla Via y Rodolfo E. Munné- se ha entendido que "las inmunidades no son garantías individuales sino inmunidades propias de la función que la Constitución -y no la ley- concedieron de manera restrictiva a los legisladores nacionales".

La CNE revocó un fallo de la jueza María Servini de Cubría, quien rechazó la acción declarativa de inconstitucionalidad promovida por el Director por la oposición en AFSCA, Gerardo Milman, contra el artículo 16 de la ley 27.120, en el que se otorga fueros no previstos por la Constitución Nacional para los miembros electos para el Parlasur.

"Conforme el principio constitucional de igualdad (artículo 16)- todos los habitantes son iguales ante la ley, solo cabe reconocer las inmunidades que la Constitución otorga a los integrantes de dicho poder en razón del cargo que desempeñan, no siendo pasibles de una interpretación extensiva", indica la sentencia.

En ese sentido, agrega que "frente al análisis o interpretación de un privilegio, inmunidad o prerrogativa, la regla complementaria de interpretación que debe utilizarse es la 'restrictiva', ello así pues debe preservarse el derecho a la igualdad consagrado en el artículo 16 de nuestro texto constitucional". "Las excepciones y privilegios pueden emanar de manera directa o indirecta de la ley fundamental, pero, en todos los casos, deben encontrar su fuente en las disposiciones contenidas en ella", añade.

En un escrito de 16 hojas, la CNE aseguró: "Las inmunidades lo son a los cargos que se invisten en representación del pueblo. No a las personas como tales. Las personas están cubiertas por esas inmunidades, en tanto invisten y ejercen esos cargos en los poderes constituidos. Esto es porque son representantes".

"Dada la naturaleza de las inmunidades reconocidas por la Constitución Nacional para los miembros integrantes del Congreso, resulta claro que las mismas no podrían extenderse por una ley linealmente a supuestos no previstos por los Constituyentes", agrega el texto.

Por su parte, Milman se manifestó "satisfecho" ante la aceptación por parte de la CNE, por lo que agradeció a la Justicia por la resolución.

"Gracias a esta resolución de la justicia, los integrantes al Parlasur no tendrán dichos privilegios ni fueros que los eximan de responder ante la justicia Argentina, ni inmunidad de arresto", sentenció en un comunicado.

Fuente: DyN

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