Balanza comercial

Impuestos y límites para importar combustibles

Si el precio interno supera el valor de importación, las empresas deberán pagar impuestos.

Por Sección Economía

El Gobierno eliminó hoy las exenciones impositivas para las empresas petroleras que importan combustibles, tras la caída promedio del precio internacional del crudo de 45 por ciento desde junio del año pasado. Y dispuso además "no" hacer uso de la facultad de importar hidrocarburos prevista en la Ley de Presupuesto, "mientras la paridad promedio mensual de importación del gasoil, diésel oil y naftas no resulte inferior al precio de salida de refinería de esos bienes".

La resolución 34/2015 publicada este lunes en el Boletín Oficial, indica que si el precio interno de los combustibles supera el valor de importación, las empresas no estarán exentas de abonar los impuestos correspondientes al expendio de combustibles. Así lo había establecido la Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas y ahora la administración kirchnerista dio curso a la medida. 

La caída del precio del crudo "derivó en la caída de los precios de los productos obtenidos a partir de su refinación, obteniendo como resultado para los primeros días del mes de enero del presente, una reducción aproximada del 42% del precio de la nafta y del 39% del gasoil", dice la Resolución. 

La medida modifica lo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la Ley N° 27.008 y argumenta que cuando ésta se sancionó, el 30 de octubre de 2014, "en el mercado internacional de hidrocarburos se presentaba un escenario que sufrió bruscas variaciones hacia finales del año 2014 y principios del corriente". 

"En efecto, el precio promedio del barril de petróleo crudo West Texas International (WTI) era, para el mes de octubre de 2014, de 84 dólares presentando para los primeros días del mes de enero del año 2015 una caída de aproximadamente 45%", dice el texto. 

La resolución -retroactiva al primer día de este año- señala que "a partir del 1 de enero del año 2015 se implementaron diversas medidas que acompañan el nuevo escenario descripto y tienden a preservar el empleo, estimular la inversión y mantener la producción en el sector hidrocarburífero nacional". 

"El contexto internacional del mercado de hidrocarburos ha generado un alto grado de variabilidad en el nivel de precios del petróleo crudo y sus derivados, resultando primordial en estas condiciones atenuar su impacto sobre el nivel de actividad y empleo local", sostiene la resolución.

El texto lleva la firma de los secretarios de Energía, Mariana Matranga; de Comercio Interior, Augusto Costa; y de Política Económica, Emanuel Álvarez Agis.

Límites para importar

Según se publicó hoy en el Boletín Oficial, la limitación comprende a la Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas, que "no hará uso de las facultades previstas en los artículos 23 y 24 de la ley N° 27.008 (NdR: Ley de Presupuesto)".

Será, según la resolución 34/2015 de ese organismo, "mientras la paridad promedio mensual de importación del gasoil, diésel oil y naftas sin impuestos, a excepción del impuesto al valor agregado, no resulte inferior al precio de salida de refinería de esos bienes". 

Los artículos 23 y 24 de la Ley de Presupuesto autorizaban la importación, para 2015, de siete millones de metros cúbicos de gas oil y diesel oil, y de un millón de metros cúbicos de naftas grado dos y/o tres.

En ambos casos, las importaciones y la posterior venta en el mercado interno estaban eximidas del impuesto sobre los combustibles líquidos y el gas natural. Fuente: DYN y NA.

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