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Se debatirá en el Congreso

Reforma tributaria: los impuestos que cambian, los que se eliminan y el impacto en alquileres, autos y pymes

El proyecto que tratará el Congreso incluye cambios en Ganancias, IVA e impuestos internos. Los efectos sobre consumo, inversión y empleo.

Por Sitio Andino Economía

El proyecto de reforma laboral que analizará el Congreso incorpora un capítulo tributario con modificaciones en impuestos clave, orientadas a bajar la carga fiscal, incentivar la inversión y empujar la actividad económica.

Un documento elaborado por el tributarista César Litvin, CEO de Lisicki, Litvin & Asociados, detalla el alcance de los cambios y su impacto en distintos sectores, tomando en cuenta el proyecto original (que podría sufrir modificaciones durante el debate legislativo).

Diputados de la Nación, sesión especial 20-08-25

El Congreso comenzará a debatir la reforma laboral y tributaria que envió el Ejecutivo.

Cambios en el Impuesto a las Ganancias

Uno de los ejes centrales de la reforma pasa por Ganancias, tanto para personas humanas como para empresas. Entre los aspectos centrales figuran:

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Varios cambios en el impueso a las Ganancias prevé el proyecto de reforma tributaria.

Régimen especial para pymes

En paralelo, se crea el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), destinado exclusivamente a personas jurídicas que realicen inversiones productivas. El régimen contempla montos mínimos de inversión en dólares, diferenciados según el tamaño de la empresa, y ofrece beneficios como amortización acelerada en Ganancias y devolución de créditos fiscales de IVA.

El RIMI excluye inversiones financieras o de portfolio y establece condiciones estrictas de permanencia de los bienes, además de sanciones en caso de incumplimiento. Se trata de una medida que reclamaban las pymes desde hace tiempo.

El régimen establece montos mínimos de inversión en dólares, diferenciados según el tamaño de la empresa:

Además, prevé un grupo de inversiones promocionadas sin monto mínimo, como sistemas de riego, equipos de alta eficiencia energética, mallas antigranizo y bienes semovientes.

Entre los principales beneficios fiscales se destacan la amortización acelerada en el impuesto a las Ganancias —con esquemas diferenciados según el tipo de bien— y la posibilidad de solicitar la devolución de créditos fiscales de IVA generados por las inversiones, una vez transcurridos tres períodos fiscales, aunque sujeta a un cupo presupuestario anual que fijará el Ministerio de Economía.

El régimen también incorpora condiciones estrictas de acceso y permanencia. Quedan excluidas las empresas con quiebra declarada, deudas fiscales firmes, condenas por delitos tributarios o que accedan al RIGI por la misma inversión. Los bienes promovidos deberán permanecer en el patrimonio del beneficiario durante al menos dos años fiscales, y el incumplimiento puede derivar en la revocación de los beneficios, con devolución de los montos obtenidos, intereses y multas de hasta el doble del incentivo recibido.

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La reforma incluye un régimen especial para mipymes.

IVA e impuestos internos: qué baja y qué sigue igual

En el IVA, destaca una medida puntual para el sector agroindustrial: la alícuota del suministro de energía eléctrica para sistemas de riego se fija en 10,5%, lo que reduce costos para la producción primaria.

En cuanto a los impuestos internos, la reforma propone la eliminación del gravamen para una amplia gama de bienes y servicios, entre ellos seguros, telefonía celular y satelital, objetos suntuarios, automóviles, embarcaciones y aeronaves. Según el análisis, esto podría traducirse en bajas de precios, especialmente en el mercado automotor.

No obstante, el impuesto interno se mantiene vigente para productos como tabaco, bebidas alcohólicas, cervezas y bebidas analcohólicas, que continuarán tributando como hasta ahora.

Campo y sectores productivos

La reforma incorpora además ajustes específicos para el sector agropecuario, con impacto directo en el impuesto a las Ganancias y en los costos de producción. Entre los cambios, se habilita la opción de asimilar la valuación de los establecimientos de invernada a los de cría, una modificación que reduce la carga fiscal y corrige diferencias que, según los tributaristas, venían penalizando a ciertos esquemas productivos.

A esto se suma la reducción de la alícuota del IVA al 10,5% para el suministro de energía eléctrica destinada a sistemas de riego, una medida orientada a bajar costos en actividades intensivas en uso de energía y agua, especialmente en regiones con producción agrícola bajo riego.

De acuerdo con el análisis de Litvin, estos cambios buscan mejorar la rentabilidad del sector primario y dar mayor previsibilidad fiscal, en un contexto donde la presión impositiva y los costos operativos impactan de forma directa sobre la inversión y la producción.

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