El proyecto de reforma laboral que analizará el Congreso incorpora un capítulo tributario con modificaciones en impuestos clave, orientadas a bajar la carga fiscal, incentivar la inversión y empujar la actividad económica.
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Reforma tributaria: los impuestos que cambian, los que se eliminan y el impacto en alquileres, autos y pymes
El proyecto que tratará el Congreso incluye cambios en Ganancias, IVA e impuestos internos. Los efectos sobre consumo, inversión y empleo.
Un documento elaborado por el tributarista César Litvin, CEO de Lisicki, Litvin & Asociados, detalla el alcance de los cambios y su impacto en distintos sectores, tomando en cuenta el proyecto original (que podría sufrir modificaciones durante el debate legislativo).
Cambios en el Impuesto a las Ganancias
Uno de los ejes centrales de la reforma pasa por Ganancias, tanto para personas humanas como para empresas. Entre los aspectos centrales figuran:
- Eximición del pago del impuesto sobre los alquileres de inmuebles destinados a casa habitación, una medida que apunta a mejorar la rentabilidad y ampliar la oferta.
- A partir del 1 de enero de 2026, quedarían exentos los resultados de la venta de inmuebles y de la transferencia de derechos sobre inmuebles adquiridos desde 2018, lo que implica la eliminación del impuesto cedular.
- En materia financiera, se propone eximir de Ganancias las rentas financieras de fuente argentina, incluidas acciones y obligaciones negociables sin cotización, con excepción de las monedas digitales. Esto alcanza, entre otros instrumentos, a los plazos fijos en moneda extranjera, que hoy tributan el impuesto.
- Actualización de quebrantos impositivos por IPC, aunque solo para aquellos generados en ejercicios fiscales iniciados a partir del 1 de enero de 2025.
- Para las sociedades, la reforma plantea una reducción de las alícuotas del Impuesto a las Ganancias. Desde 2026, la tasa del segundo tramo bajará del 30% al 27%, mientras que la del tercer tramo se reducirá del 35% al 31,5%. El objetivo es mejorar la competitividad de las empresas argentinas y estimular la reinversión de utilidades.
Régimen especial para pymes
En paralelo, se crea el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), destinado exclusivamente a personas jurídicas que realicen inversiones productivas. El régimen contempla montos mínimos de inversión en dólares, diferenciados según el tamaño de la empresa, y ofrece beneficios como amortización acelerada en Ganancias y devolución de créditos fiscales de IVA.
El RIMI excluye inversiones financieras o de portfolio y establece condiciones estrictas de permanencia de los bienes, además de sanciones en caso de incumplimiento. Se trata de una medida que reclamaban las pymes desde hace tiempo.
El régimen establece montos mínimos de inversión en dólares, diferenciados según el tamaño de la empresa:
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Microempresas: USD 150.000
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Pequeñas empresas: USD 600.000
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Medianas empresas (Tramo 1): USD 3.500.000
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Medianas empresas (Tramo 2): USD 9.000.000
Además, prevé un grupo de inversiones promocionadas sin monto mínimo, como sistemas de riego, equipos de alta eficiencia energética, mallas antigranizo y bienes semovientes.
Entre los principales beneficios fiscales se destacan la amortización acelerada en el impuesto a las Ganancias —con esquemas diferenciados según el tipo de bien— y la posibilidad de solicitar la devolución de créditos fiscales de IVA generados por las inversiones, una vez transcurridos tres períodos fiscales, aunque sujeta a un cupo presupuestario anual que fijará el Ministerio de Economía.
El régimen también incorpora condiciones estrictas de acceso y permanencia. Quedan excluidas las empresas con quiebra declarada, deudas fiscales firmes, condenas por delitos tributarios o que accedan al RIGI por la misma inversión. Los bienes promovidos deberán permanecer en el patrimonio del beneficiario durante al menos dos años fiscales, y el incumplimiento puede derivar en la revocación de los beneficios, con devolución de los montos obtenidos, intereses y multas de hasta el doble del incentivo recibido.
IVA e impuestos internos: qué baja y qué sigue igual
En el IVA, destaca una medida puntual para el sector agroindustrial: la alícuota del suministro de energía eléctrica para sistemas de riego se fija en 10,5%, lo que reduce costos para la producción primaria.
En cuanto a los impuestos internos, la reforma propone la eliminación del gravamen para una amplia gama de bienes y servicios, entre ellos seguros, telefonía celular y satelital, objetos suntuarios, automóviles, embarcaciones y aeronaves. Según el análisis, esto podría traducirse en bajas de precios, especialmente en el mercado automotor.
No obstante, el impuesto interno se mantiene vigente para productos como tabaco, bebidas alcohólicas, cervezas y bebidas analcohólicas, que continuarán tributando como hasta ahora.
Campo y sectores productivos
La reforma incorpora además ajustes específicos para el sector agropecuario, con impacto directo en el impuesto a las Ganancias y en los costos de producción. Entre los cambios, se habilita la opción de asimilar la valuación de los establecimientos de invernada a los de cría, una modificación que reduce la carga fiscal y corrige diferencias que, según los tributaristas, venían penalizando a ciertos esquemas productivos.
A esto se suma la reducción de la alícuota del IVA al 10,5% para el suministro de energía eléctrica destinada a sistemas de riego, una medida orientada a bajar costos en actividades intensivas en uso de energía y agua, especialmente en regiones con producción agrícola bajo riego.
De acuerdo con el análisis de Litvin, estos cambios buscan mejorar la rentabilidad del sector primario y dar mayor previsibilidad fiscal, en un contexto donde la presión impositiva y los costos operativos impactan de forma directa sobre la inversión y la producción.