Programa de reactivación

Arrancó Mendoza Activa Eficiencia: quienes pueden acceder y cómo

El Gobierno destinará $9.500 millones a incentivar la eficiencia energética y de riego. Los rubros y proyectos incluídos en Mendoza Activa Eficiencia.

A casi una semana de haber sido sancionada por la Legislatura, quedó promulgada la ley provincial 9434 que pone en marcha Mendoza Activa Eficiencia. Es la nueva versión del programa que impulsa el Ministerio de Economía de Mendoza para acelerar la reactivación económica en la provincia a través de reintegros de, como mínimo, un 40% de las inversiones en distintos rubros. Pero ¿a qué apunta en esta etapa y para quienes?.

Según detalla la ley, Mendoza Activa Eficiencia apunta a "acelerar la reactivación de las actividades que se relacionen con eficiencia energética, eficiencia de riego, y aquellas actividades de sectores relacionados, priorizando los fondos de una manera equitativa en cada uno de los oasis provinciales, teniendo en cuenta para ello la cantidad de habitantes y las necesidades socioeconómicas" de los distintos departamentos de Mendoza.

Además, aclara que a los beneficiarios "reintegrará aquellas erogaciones que sean realizadas por personas humanas o jurídicas con y sin fines de lucro". Con esta condición, promete poner énfasis en el sector agrícola, la eficiencia energética, servicios tecnológicos para la producción, la ganadería y hasta la inversión en parques industriales.

Tal como se aprobó, para solventar los reintegros como incentivos a la inversión Economía va a disponer de $9.500 millones, con la posibilidad de reasignar cupos remanentes de acuerdo a la mayor demanda de algunos rubros. Y dentro de ese monto, la Legislatura le autorizó a incorporar partidas presupuestarias por hasta $ 7.300 millones "en la medida que las condiciones financieras y presupuestarias así lo permitan".

Los tipos de proyectos, rubro por rubro

Mendoza Activa Eficiencia, como su versión precedente, también contempla un capítulo para atracción de inversiones. En general, los tipos de proyectos en cada uno de los 9 rubros incluídos en el nuevo programa que pueden acceder al beneficio del reintegro son los siguientes:

A. Eficiencia Energética: Compra e instalación de equipamiento que contribuya al ahorro en el consumo energético (no incluye inversiones del sector agrícola).

B. Ciencia y Tecnología: Desarrollo de soluciones de conectividad, soluciones tecnológicas o investigación aplicada de carácter primario, industrial o de servicios. Podrán recibir un anticipo de hasta el 15% del Aporte No Reembolsable aprobado, para el inicio de la investigación.

C. Desarrollo Agrícola: Reimplantación e implantación de nuevos montes de nogales, almendros, pistachos, olivos, cerezos y todos aquellos que determine la Autoridad de Aplicación. También incluye: estructuras de apoyo y conducción, invernaderos e inversiones en forestales, forrajes y horticultura.

D. Maquinaria Agrícola: Adquisición de equipamiento agrícola y/o agroindustrial, y/o agroindustriales y cámaras frigoríficas.

E. Defensa Agrícola: Materiales, accesorios e instalación de malla antigranizo y sistemas de defensa anti-heladas. Incluye agricultura de precisión (sensores de temperatura y humedad del aire, precipitación, velocidad del viento, dirección del viento, radiación solar) o para datos meteorológicos de temporada, y equipos y software de datos del tiempo.

F. Eficiencia Agrícola: Abarca sistemas de riego presurizados, perforaciones nuevas para riego y reactivación de las existentes, además de impermeabilización de represas, acequias e hijuelas de riego intra finca, sistema de riego por pulsos, y recambios varios. Del mismo modo, carpas para tapadas, mangas, tanques compensadores de presión, bombas de riego y "otro equipamiento que contribuya al ahorro en el consumo energético", e inversiones en energías renovables (solar, eólica, hidroeléctrica o biomasa).

G. Ganadería: Equipamiento y obras de infraestructura para la mejora en la calidad de la producción ganadera y actividades afines.

J. Eficiencia Hídrica: Proyectos de inversión que presenten las Inspecciones de Cauces y las Asociaciones de Inspecciones de Cauces y que se refieran a compra de equipamiento, maquinarias, trabajos de revestimiento de cauces, modernización e impermeabilización. También sistemas de riego, reservorios, construcción y/o reparación de perforaciones para refuerzo de dotación y otros.

K. Industria, Parques Industriales, Equipamiento Industrial: Maquinarias, implementos, complementos, líneas de producción y equipamiento industrial, preferentemente producidos en Mendoza, con prioridad en las localizadas en los Parques Industriales de la Provincia inscriptos en el Registro Nacional de Parques Industriales (RENPI).

Condiciones

En cuanto a la modalidad, la Provincia reintegrará el 40% de la inversión efectivamente realizada, neta de IVA para contribuyentes categorizados comoresponsables inscriptos. Lo que es un sello de Mendoza Activa: los reembolsos se hacen como dinero en efectivo, vía tarjeta de consumo o billetera electrónica y un crédito fiscal, que puede prorrogarse hasta el 31 de diciembre del 2025.

Pero existe la chance de aumentar ese porcentaje de reintegro a través del llamado Plus Activa (por crédito fiscal), como estímulo extra pos-inversiones realizadas. Esto implica sumar un 10% por generación de empleo a través de programas provinciales de incentivo (Enlace/Enlazados), otro 5% si se cumple con el cupo femenino y un porcentaje idéntico si se utilizan componentes mendocinos (compre local).

¿Qué requisitos hay que cumplir para acceder?. Básicamente, además de la propuesta de inversión correspondiente, son otros dos:

-No superar los límites de facturación y cantidad de empleados establecidos por la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa de la Nación para se considerada una MiPyME.

-Que los constribuyentes estén inscriptos y desarrollen sus propuestas de inversión en Mendoza. Si es una firma extranjera, deberá tener sucursal o estar radicada en la provincia.

Entre las prohibiciones, quedan excluídos los entes oficiales (nacionales, provinciales y/o municipales y/o sociedades con participación estatal) y concesionarios y contratistas del Estado. También personas humanas o jurídicas que hubieran incurrido en incumplimiento injustificado de sus obligaciones respecto de cualquier otro régimen de promoción provincial, y del mismo modo personas que registren deudas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Re.D.A.M.).

Te Puede Interesar