11 de agosto de 2026
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Impuesto a las Ganancias

ARCA extendió el plazo de Ganancias: la nueva fecha límite y quiénes están alcanzados

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) prorrogó el vencimiento para personas humanas correspondiente al período fiscal 2025. La medida no modifica la fecha de pago.

Por Sitio Andino Economía

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extendió el plazo para presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025. La medida alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas y establece una nueva fecha límite para cumplir con el trámite.

De acuerdo con lo dispuesto por el organismo recaudador, la declaración jurada podrá presentarse hasta el jueves 27 de agosto de 2026, inclusive.

Sin embargo, existe un dato importante: la extensión no alcanza al pago del saldo resultante del impuesto.

Ganancias: qué prorrogó ARCA y qué vencimiento no cambió

El nuevo cronograma establece dos fechas diferentes que los contribuyentes deberán tener en cuenta:

  • Presentación de la declaración jurada de Ganancias 2025: hasta el 27 de agosto de 2026.
  • Pago del saldo resultante: mantuvo su vencimiento el 27 de julio de 2026.

Por lo tanto, la decisión de ARCA no representa una prórroga general del Impuesto a las Ganancias, sino exclusivamente una extensión para presentar la declaración jurada correspondiente al ejercicio fiscal 2025.

La medida comprende tanto a responsables del régimen general como a quienes se encuentren adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.

Según establece la resolución, la decisión busca otorgar un plazo adicional para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Qué pasa con Bienes Personales

ARCA tampoco modificó los vencimientos correspondientes al Impuesto sobre los Bienes Personales.

En este caso, tanto la presentación de la declaración jurada como el pago del saldo correspondiente al período fiscal 2025 mantuvieron como fecha límite el 27 de julio.

De esta manera, el beneficio anunciado está específicamente dirigido a la presentación de Ganancias de personas humanas y sucesiones indivisas.

ARCA también cambió los anticipos de Ganancias 2026

La Resolución General 5876 incorporó además otra modificación para los contribuyentes que deben ingresar anticipos del Impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2026.

El primer anticipo, cuyo vencimiento estaba previsto originalmente para agosto, fue trasladado a septiembre.

El nuevo cronograma quedó establecido según la terminación de CUIT:

  • CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3: 14 de septiembre.
  • CUIT terminados en 4, 5 y 6: 15 de septiembre.
  • CUIT terminados en 7, 8 y 9: 16 de septiembre.

El cambio permite que los contribuyentes puedan completar primero la declaración jurada correspondiente a 2025, que sirve como base para determinar los anticipos del período siguiente.

Así, para quienes todavía tengan pendiente la presentación, el 27 de agosto será la fecha clave para cumplir con la declaración jurada de Ganancias 2025 ante ARCA.

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