Regulación a la actividad física: buscan ampliar las prácticas matriculadas en Mendoza
La Legislatura de Mendoza debate un proyecto para darle mayor regulación a los profesionales de la actividad física. Qué cambios impone y a quiénes alcanza.
La Legislatura de Mendoza analiza un proyecto para darle más regulación a los profesionales de la actividad física.
LaLegislatura de Mendoza busca darle un marco jurídico moderno a los profesionales de la actividad física, a través de un proyecto de ley que amplía las prácticas matriculadas, incorporando, por ejemplo a guardavidas, técnicos de fútbol y montañistas. Además, establece que la dirección y supervisión en gimnasios deberá ser ejercida solo por egresados con título.
La iniciativa de la diputada Cecilia Rodríguez (UCR) apunta a modificar la Ley Nº 7723 para actualizar su contenido a la realidad actual del campo profesional de la educación física, el deporte, la recreación y otras prácticas corporales.
"Necesitan aggiornarse, eso me plantearon", dijo la legisladora sobre la motivación a cambiar la normativa. Actualmente, los alcances del Colegio quedan cortos, dejando afuera de las regulaciones a diversas actividades. "Desde el Colegio no se le puede dar contención a algunos profesionales que ya están cursando carreras relacionadas o cursos de capacitación", como es el caso del montañismo o guardavidas, por ejemplo.
De avanzar el proyecto, el actual Colegio Profesional pasará a denominarse "Colegio de Profesionales de la Educación Física, Actividad Física y Deportes" para dar respuesta a esa necesidad planteada por los especialistas; y así ampliar la representación institucional y reconocer la diversidad de disciplinas y trayectorias formativas que en los últimos años se han difundido.
De esta manera, se integraría a técnicos, instructores y capacitadores que históricamente desarrollaron sus tareas en un marco de ambigüedad normativa, otorgándoles mejores condiciones laborales y acceso a mayor defensa gremial frente a situaciones de vulnerabilidad.
También se busca establecer requisitos claros respecto a quiénes pueden ejercer funciones de dirección y supervisión en gimnasios y en la planificación de la preparación física: estará reservada exclusivamente a los egresados con título oficial en educación física o afines; o quienes posean certificación oficial habilitante. Así, se lograría que los servicios brindados en espacios deportivos y recreativos cumplan con los estándares técnicos y profesionales adecuados.
El ejercicio de estas actividades requerirá de la inscripción en el Registro correspondiente que llevará adelante el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Mendoza, a través de la Subsecretaría de Deportes.
Qué cambios para los profesionales implica el proyecto
Este órgano se encarga de matricular, supervisar, normar y garantizar el correcto ejercicio profesional, conforme a las disposiciones legales y éticas establecidas, pero la idea ahora es implementar un sistema de matriculación diferenciado (A, B, C y D), estableciendo distintos niveles de formación y habilitando el ejercicio profesional según ciertos criterios.
"Esta clasificación permite ordenar el campo profesional, establecer con claridad los alcances de cada tipo de matrícula y garantizar que las intervenciones se realicen de manera competente y responsable. A su vez, otorga participación en los órganos del Colegio según el tipo de matrícula, promoviendo un sistema representativo y democrático", señaló Rodríguez.
Matrícula A: Tener título de Maestro/a, Profesor/a, Licenciado/a, Doctor/a, todos ellos en Educación Física otorgado por Instituto, Universidad Pública o Privada autorizada por el Estado Nacional a través de los Organismos competentes.
Matrícula B: Tener título de Técnico/a Superior en Preparación Física otorgado por Instituto, Universidad Pública o Privada autorizada por el Estado Nacional a través de los Organismos competentes.
Matrícula C: Tener título de Técnico/a Superior en Actividades de Montaña, Formación Profesional de Guardavidas, Técnicos de fútbol, Formación Profesional de Náuticos Andinos y otras Formaciones Profesionales relacionadas.
Los gimnasios, por su parte, deberán estar dirigidos por un "Profesor/a de Educación Física o Técnico/a Superior en Preparación Física con un título habilitante otorgado por universidades o institutos estatales o privados de la especialidad, reconocidos por el Ministerio de Cultura y Educación de la Nación o de la provincia de Mendoza".
En el texto del norma se explica: "El sistema de matriculación diferenciado permite que cada profesional ejerza conforme a su formación, con derechos y deberes claramente establecidos, evitando el intrusismo y promoviendo condiciones más justas y ordenadas".
Otro aspecto al que se apunta es a la participación democrática en el funcionamiento del Colegio, "habilitando instancias de voz y voto según el tipo de matrícula, lo cual refuerza la legitimidad de sus órganos representativos".
Qué cambiará para la ciudadanía
La iniciativa asegura que todas las personas que accedan a servicios relacionados con la actividad física lo hagan bajo la supervisión de profesionales idóneos, con formación acreditada y habilitación legal. Esto se traduce en una mejora sustancial en la calidad y seguridad de las prácticas ofrecidas, especialmente en espacios de alta sensibilidad social como gimnasios, clubes y ámbitos de cuidado de niños, niñas, adolescentes y personas con discapacidad.
Además, esta mayor regulación del ejercicio profesional busca evitar prácticas negligentes o riesgosas, promover la salud como derecho y garantizar el respeto a estándares éticos y técnicos.