31 de agosto de 2026
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Prohibieron la venta del juguete "squeezy de dumpling" en Argentina por riesgos para la salud

El Gobierno nacional oficializó la prohibición de la importación, fabricación y venta de los juguetes antiestrés blandos conocidos como "squeezy dumpling".

Por Sitio Andino Sociedad

El Gobierno nacional dictó la prohibición absoluta e inmediata en todo el territorio argentino para la importación, fabricación, comercialización y almacenamiento del popular juguete infantil conocido como "squeezy" con forma de empanadita oriental. La medida fue oficializada este lunes en el Boletín Nacional.

La decisión de la Autoridad de Aplicación se fundamenta en recientes denuncias e investigaciones técnicas -que incluyeron advertencias de la Cámara Argentina de la Industria del Juguete (CAIJ) y alertas sanitarias emitidas en el Reino Unido- sobre estos artículos plásticos de origen importado. Los análisis de laboratorio confirmaron que contendrían benceno, ftalatos y otros químicos tóxicos en porcentajes superiores a los límites legales permitidos por la reglamentación técnica de seguridad en juguetes.

Los compuestos hallados resultan ser sustancias potenciales cancerígenas y mutagénicas que representan riesgos para la salud de los consumidores tanto por contacto dérmico como por inhalación.

La restricción rige tanto para la venta presencial en locales comerciales como para el comercio electrónico mediante marketplaces y redes sociales. Alcanza a modelos identificados bajo marcas como Squeezy Duplings, Dumpling Squishy, Dumpling Squishy Viral con Glitter y Orbis, Dumpling Squishy con Steamer Box y versiones genéricas o sin marca.

La restricción rige tanto para la venta presencial en locales comerciales como para el comercio electrónico.

La restricción rige tanto para la venta presencial en locales comerciales como para el comercio electrónico.

Eliminación de stock y regulación digital

La norma no solo prohíbe la comercialización futura, sino que impone medidas operativas estrictas para todo el canal comercial:

  • Destrucción obligatoria: todo comerciante, distribuidor o importador que posea unidades almacenadas deberá destruirlas o desecharlas de manera segura e inmediata conforme a las regulaciones ambientales vigentes.

  • Aviso visible en páginas web: los vendedores con plataformas digitales tienen un plazo imperativo de 72 horas hábiles para informar de manera destacada en sus sitios web sobre el retiro del producto y los alcances de la prohibición.

  • Control aduanero: la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) no liberará importaciones de estos productos excepto que los comercializadores cuenten con una Declaración Jurada de Conformidad y certificaciones oficiales que demuestren fehacientemente su inocuidad.

El incumplimiento de la norma derivará en severas sanciones pecuniarias y administrativas bajo el régimen de penalidades de Lealtad Comercial, sin perjuicio de eventuales acciones penales.

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