17 de julio de 2026
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Fallo en Mendoza

Medicamentos de venta libre: la Justicia suspendió el expendio

La Justicia Federal suspendió uno de los artículos del DNU de Javier Milei. Farmacéuticos habían presentado un amparo por la venta libre de medicamentos.

El Juzgado Federal N°2 de la provincia de Mendoza suspendió uno de los artículos del DNU 70/23 que impuso Javier Milei al inicio de su mandato. El mismo autorizaba la venta de medicamentos sin receta fuera de las farmacias así como el expendio de fármacos sin la presencia de profesionales matriculados.

El fallo, que tiene alcance nacional, hizo lugar a un recurso de amparo que había presentado el Colegio de Farmacéuticos de Mendoza, debido a la preocupación que estos tenían sobre la automedicación, así como también la desregulación de la profesión y los derechos laborales.

Finalmente, con esta modificación el artículo 1 de la Ley 17.565 vuelve a tomar fuerza y se deja de lado lo planteado en el Decreto de Necesidad y Urgencia que llevaba la rúbrica de Milei.

Qué establecía el decreto de Necesidad y Urgencia

Con el artículo 313 del DNU, se sustituyó el primer y segundo párrafo del artículo 1° de la Ley 17.565, que reglamenta el ejercicio de las farmacias. Así, se eliminó la exigencia de que "los medicamentos denominados de venta libre y de especialidades farmacéuticas, cualquiera sea su condición de expendio, sólo podrán ser efectuadas en todo el territorio de la Nación, en farmacias habilitadas".

También dejó afuera el texto que especificaba que "los medicamentos denominados de venta libre deberán ser dispensados personalmente en mostrador por farmacéuticos o personas autorizadas para el expendio".

El mal momento de las farmacias en San Rafael.

El mal momento de las farmacias en San Rafael.

A través de la derogación de los artículos 13, 20, 27, 40, 41, 42, 43 y 44 de la Ley 17.565, permitió "la instalación de casas o talleres de óptica en las farmacias" y que los farmacéuticos que tengan al mismo tiempo título de médico u odontólogo, "ejerzan simultáneamente ambas profesiones".

Al mismo tiempo, se admitió que farmacéuticos y bioquímicos puedan ser a la vez directores técnicos de una farmacia y laboratorio de análisis clínicos, lo cual estaba prohibido, así como la posibilidad de tener consultorios médicos u odontológicos en el local de una farmacia o anexado a la misma.

En enero, el Gobierno publicó el decreto 63/2024, el cual comenzó a reglamentar el DNU. Allí se puntualizó que en “los establecimientos que no sean habilitados como farmacias, la comercialización estaba limitada a los antiácidos y analgésicos”.

Sin embargo, con este cambio de la Justicia Federal de Mendoza todo vuelve marcha atrás y los medicamentos deberán venderse en las farmacias.

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