17 de julio de 2026
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transformación digital

El Ministerio de Salud amplía la receta médica electrónica a todas las indicaciones

Nación oficializó este lunes la extensión del uso obligatorio de receta electrónica para más prescripciones y prácticas médicas en todo el país. Los detalles.

Por Sitio Andino Sociedad

El Ministerio de Salud de la Nación oficializó este lunes la extensión de la receta médica electrónica a todas las indicaciones. Esta medida fue formalizada a través de la Resolución 2214/2025 publicada en el Boletín Oficial. Con esto, se cierra el proceso iniciado el 1° de enero de este año, cuando se implementó la obligatoriedad de la receta electrónica para medicamentos, en cumplimiento de la Ley 27.553.

A partir de ahora, todas las órdenes médicas deberán ser emitidas electrónicamente mediante plataformas registradas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales de Salud (ReNaPDiS), garantizando un sistema unificado, interoperable y trazable en todo el país.

La receta electrónica también será obligatoria para estudios, prácticas y procedimientos

Avances en seguridad y trazabilidad

Uno de los principales avances que introduce esta normativa es la identificación unívoca y segura tanto del paciente como de cada receta emitida. Para ello, se utilizará el CUIL como dato principal en todo el sistema de prescripción, y cada receta contará con una Clave Única de Identificación de Receta (CUIR). Esta clave permitirá localizar cada prescripción de manera precisa y segura, fortaleciendo la trazabilidad de los tratamientos y asegurando la transparencia del proceso.

Además, la nueva regulación incluye un mecanismo específico para digitalizar las recetas archivadas o de prescripción restringida, como las que incluyen psicotrópicos y estupefacientes. Las plataformas digitales deberán conservar estas prescripciones por un mínimo de tres años, asegurando el acceso a la información para tareas de monitoreo y fiscalización.

Plazos y adaptaciones

Según la normativa, los prestadores y plataformas de servicios de salud tendrán plazos específicos para implementar los cambios. En 45 días deberán garantizar la identificación unívoca de las recetas, en 90 días deberán digitalizar las recetas archivadas, y en 120 días comenzará la digitalización de las recetas restringidas.

El Ministerio de Salud también coordinó con los actores involucrados los aspectos técnicos necesarios para facilitar la transición. En zonas con dificultades de conectividad o en localidades alejadas, seguirá vigente el uso de la receta en papel, garantizando que las personas no se vean afectadas por la implementación de la medida.

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