Tras nueve horas de debate, el Senado de la Nación aprobó en general el proyecto de inviolabilidad de la propiedad privada, que llegó al recinto sin el polémico capítulo sobre la Ley de Tierras, retirado por el oficialismo ante la falta de apoyos, que debió también eliminar otro apartado que generaba controversias. La iniciativa obtuvo 37 votos a favor y 33 en contra y fue girada a la Cámara de Diputados para su sanción definitiva.
- Sitio Andino >
- Política >
Sin cambios a la Ley de Tierras y Manejo del Fuego, el Senado aprobó la inviolabilidad de la propiedad privada: cómo votaron los mendocinos
La iniciativa avanzó en general y el oficialismo, sin los apoyos necesarios, debió retirar también el capítulo vinculado al manejo del fuego. Cómo votaron los dos mendocinos que participaron.
Sobre el cierre del debate, La Libertad Avanza quitó el apartado que modificaba la Ley de Manejo del Fuego, ya que no reunía los apoyos necesarios. El oficialismo negoció cambios de último momento con la denominada "oposición dialoguista", cuyos varios de sus miembros se mostraron ofendidos con el senador libertario Joaquín Benegas Lynch, quien al inicio de la sesión tildó a ese grupo de "tibios del medio". Sin embargo, las charlas resultaron infructuosas.
Sesión caliente y el episodio que tuvo a una mendocina de protagonista
El debate se desarrolló a lo largo de varias horas y estuvo marcado por los típicos cruces entre el oficialismo y la oposición, aunque sin sobresaltos dentro del recinto. Afuera del Congreso, en tanto, se registraron incidentes durante una protesta contra el proyecto.
Uno de los puntos salientes se dio al inicio de la jornada, cuando el cuerpo —con el voto del bloque peronista incluido— resolvió impedir la participación remota de la mendocina Anabel Fernández Sagasti, pese a que había sido autorizada previamente por la vicepresidenta Victoria Villarruel (condicionada por el aval del recinto, que nunca llegó).
La decisión se tomó sin debate y por amplia mayoría, al aprobarse el envío a comisión de todos los planteos vinculados al voto online. De esta manera, la legisladora camporista no pudo intervenir ni votar en la sesión, al igual que el senador radical Flavio Fama, impedido de acudir al debate tras atravesar una intervención médica. La movida generó ruido interno en el peronismo, con dirigentes K de Mendoza cuestionando a la conducción en Buenos Aires.
El tratamiento del proyecto también estuvo atravesado por la eliminación previa del capítulo sobre extranjerización de tierras, una modificación clave que permitió destrabar la discusión y garantizar los votos necesarios para su aprobación en general.
El Senado aprobó la inviolabilidad de la propiedad privada: cómo votaron los senadores mendocinos
Anulada la participación de Fernández Sagasti, solo los dos senadores radicales formaron parte de la sesión: Mariana Juri y Rodolfo Suarez (UCR). Ambos votaron a favor de la iniciativa enviada por el Gobierno, en línea con el acompañamiento que su espacio viene dando a propuestas de Casa Rosada, aliada política del Ejecutivo mendocino.
Ninguno de los dos legisladores mendocinos hizo uso de la palabra durante el debate, que contó con una extensa lista de oradores y finalizó pasada la 1 del viernes (había iniciado a las 14 del jueves).
De este modo, los legisladores de la provincia de Mendoza votaron de este modo:
- Mariana Juri (Unión Cívica Radical): afirmativo.
- Rodolfo Suarez (Unión Cívica Radical): afirmativo.
- Anabel Fernández Sagasti (Bloque Justicialista): ausente.
Los puntos centrales del proyecto de inviolabilidad de la propiedad privada que aprobó el Senado
El proyecto aprobado en la Cámara Alta plantea una serie de modificaciones vinculadas a la defensa de la propiedad privada y al funcionamiento de los procesos judiciales. Entre los principales ejes se destacan:
- Aceleración de los desalojos judiciales, con la aplicación de procesos sumarísimos tanto en inmuebles urbanos como rurales. Se fijan plazos más breves: por ejemplo, tras la intimación de pago en alquileres (con un mínimo de diez días), el desalojo puede ejecutarse en hasta diez días hábiles. Además, en casos de uso indebido o deterioro, el juez deberá realizar una inspección dentro de las 72 horas para identificar a los ocupantes. Se habilita también la desocupación inmediata bajo caución juratoria, con sanciones para el propietario si oculta información. En situaciones con menores o personas vulnerables, se prevé la intervención estatal para garantizar alternativas habitacionales, sin frenar el proceso.
- Cambios en el régimen de expropiaciones, con criterios más estrictos para declarar la utilidad pública, que deberá ser de interpretación restrictiva, con un fin concreto, y cumplir condiciones de idoneidad, necesidad y proporcionalidad. También se amplían los supuestos de expropiación irregular, incluyendo casos en los que el Estado limite de hecho el uso o disposición de un bien sin compensación.
- Límites a las indemnizaciones, que deberán contemplar el valor del bien previo a cualquier anuncio o medida vinculada a la expropiación. Se incluye el lucro cesante, pero con un tope del 30% del daño emergente, salvo prueba en contrario. Además, se establece que no podrá transferirse el dominio sin el pago previo e íntegro de la indemnización.
- Actualización de montos por inflación (IPC) más una tasa de interés activa del Banco Nación, desde la mora hasta el pago efectivo, en línea con criterios de resarcimiento económico más acotados.
- Regulación de la ocupación temporánea, que fija un plazo máximo de 90 días, prorrogable por única vez en situaciones excepcionales, y establece al Poder Ejecutivo Nacional como autoridad competente. También se prohíbe reiterar esta medida por la misma causa.
- Modernización del Registro de la Propiedad Inmueble, con cambios en la Ley para incorporar herramientas digitales, habilitar la presentación electrónica de documentos y el uso de firma digital.
- Regularización dominial de tierras rurales, ampliando herramientas para agricultores familiares.
En paralelo, el proyecto incluía modificaciones a la Ley de Manejo del Fuego, que buscaban flexibilizar las restricciones sobre el uso de tierras afectadas por incendios, vigentes desde 2020. Se eliminaban plazos rígidos como la prohibición de 60 años para cambiar el uso de tierras incendiadas, aunque se mantenía la restricción de respetar el destino original según la clasificación ambiental previa. También se incorporaban obligaciones de prevención, alerta temprana y restauración a cargo de Nación, provincias y CABA, y se derogaban artículos que extendían las prohibiciones sobre estos terrenos.
Sin embargo, ese capítulo —a riesgo de ser rechazado en la votación en particular— fue retirado, lo que dejó el texto final sin otro de sus puntos más controvertidos.