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Monopatín

Proponen que para conducir un monopatín eléctrico sea obligatorio contar con licencia de conducir

Un proyecto presentado en la Legislatura busca que para circular en monopatín eléctrico se exiga contar con carnet de conducir.

Por Florencia Martinez del Rio

Un diputado presentó un proyecto en la Legislatura de Mendoza que modifica la normativa vigente para que quienes se trasladen en monopatín eléctrico u otros Dispositivos de Movilidad Personal deban contar obligatoriamente con licencia de conducir. El objetivo es que los conductores acrediten conocimientos básicos de seguridad vial.

La iniciativa de Gustavo Perret (PJ) plantea incorporar al artículo 22 de la Ley N° 9024 la obligatoriedad de una licencia vigente Clase A, en cualquiera de sus subcategorías habilitantes, para los que circulen por la vía pública en este tipo de vehículos, basado en que su uso "implica la interacción permanente con peatones, ciclistas, motociclistas y automovilistas, generando situaciones que requieren conocimientos básicos de normas de tránsito".

Según el legislador, el uso de monopatines eléctricos creció de manera sostenida en los últimos años como una alternativa de movilidad urbana económica, ágil y sustentable, lo que hace necesario avanzar en medidas que garanticen una mayor responsabilidad, ya que su conducción "genera riesgos" de siniestralidad al compartir calles, avenidas y ciclovías con otros vehículos.

Licencia de conducir obligatoria para conducir monopatines eléctricos

El uso de este tipo de movilidad fue regulado mediante la Ley 9333, que incorporó definiciones específicas, edades mínimas para conducirlos, límites de velocidad y obligaciones de seguridad (circular con DNI, ser mayores de 16 años, usar casco homologado, instalar luz blanca adelante y roja atrás, velocidad máxima de 25 km/h), pero no exige contar con una licencia para manejarlos.

monopatin sin casco

"La exigencia de una licencia de conducir no persigue un fin meramente administrativo, sino que procura que los conductores acrediten conocimientos básicos sobre normas de tránsito, señalización, prioridades de paso, prevención de siniestros viales y convivencia en el espacio público", sostuvo Perret, quien señaló que dicho carnet es el instrumento que tiene el Estado para verificar que una persona posee las aptitudes físicas, psíquicas y técnicas necesarias para conducir.

De aprobarse esta modificación normativa, la medida no implicaría la creación de una nueva categoría de licencia ni mayores cargas administrativas. Los usuarios quedarían incorporados al régimen de habilitación ya existente, serían equiparados a los ciclomotores y motocicletas (Clase A).

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