El Ministerio de Salud de la Nación determinó que la sola posesión de la matrícula nacional habilitará a los profesionales de la salud a ejercer en organismos e instituciones del Estado, informó este miércoles el vocero presidencial, Manuel Adorni. Esta medida busca simplificar trámites y evitar las matrículas provinciales adicionales.
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MATRÍCULA NACIONAL: MÁS LIBERTAD, MENOS BUROCRACIA
A partir de ahora la matrícula nacional será el único requisito habilitante para que profesionales de la salud trabajen en hospitales e instituciones nacionales, sin necesidad de contar con matrícula provincial.
— Ministerio de Salud de la Nación (@MinSalud_Ar) May 7, 2025
Qué implica
La decisión elimina una carga burocrática y económica que, hasta ahora, obligaba a muchos profesionales a registrarse en los colegios provinciales, los cuales además deducían importantes sumas de sus haberes. Por ejemplo, un médico de 33 años en la provincia de Buenos Aires debía pagar $26.500 mensuales al colegio profesional y alrededor de $190.000 a la Caja de Previsión y Seguro Médico.
En el caso de los residentes, existía una opción de "Escala Reducida", que permitía disminuir el aporte a la caja, pero no modificaba la cuota al colegio. Con la nueva normativa, se estima que los profesionales podrían percibir entre un 7% y un 15% más de ingreso neto, al eliminarse estas retenciones.
La medida se interpreta como un alivio para los trabajadores de la salud y un freno al sistema de cajas que, según denuncian algunos sectores, solo beneficia a unos pocos.
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MATRÍCULA NACIONAL: MENOS BUROCRACIA Y MÁS LIBERTAD PARA TRABAJAR
Tal como anunció @madorni, la matrícula nacional será el único requisito habilitante para el ejercicio profesional en hospitales con financiamiento nacional. De esta manera, eliminamos la necesidad de trámites… pic.twitter.com/PqrREbukDc
Según indicó el Ministerio de Salud, "busca unificar y simplificar los requisitos de matriculación para los profesionales de la salud que trabajen en cualquier dependencia de la Administración Pública Nacional, garantizar su calificación y competencia y eliminar posibles ambigüedades o la necesidad de trámites adicionales".
"La medida alcanza a todas profesiones registradas en el Registro Único de Profesionales de la Salud (RUPS). Entre ellas se incluyen los auxiliares de Anestesia y de Enfermería, bioquímicos, citotécnicos, enfermeros, farmacéuticos, instrumentadores quirúrgicos, licenciados en producción de Bioimágenes, Enfermería, Fonoaudiología, Kinesiología, Nutrición, Obstetricia y Psicología, médicos, musicoterapeutas, obstétricos, odontólogos, ópticos técnicos, podólogos, profesionales de Análisis Clínicos, técnicos en Anestesia, Ematología, Esterilización, Hemoterapia, Industria de los Alimentos, Laboratorio, Ortesis y Prótesis, Prácticas Cardiológicas, Prótesis Dentales y Radiología, y terapistas ocupacionales", detalló el Gobierno.