5 de agosto de 2026
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Cámara de Senadores

Aprobaron el programa "Mi escritura" y se convirtió en ley

La legislación fue impulsada por el Gobierno de Mendoza y fue aprobada por unanimidad en la Cámara Alta. De qué se trata y qué implica.

La norma fue aprobada por unanimidad y contempla diferentes medidas para facilitar el acceso a la escritura, como la exención del pago de tasas, mecanismos de repago accesibles y la posibilidad de escriturar aun con deudas, siempre que estas sean asumidas por los beneficiarios.

El presidente de la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, Walther Marcolini, dijo que esta legislación "busca solucionar la situación de acceder a la escritura traslativa de dominio a más de 40.000 familias mendocinas a través del Instituto Provincial de la Vivienda. Dada la importancia de la vivienda y de contar con el título firme, entendemos que es aconsejable aceptar la media sanción de la Cámara de Diputados y dar aprobación final al proyecto".

Los detalles

El programa "Mi escritura" está dirigido a inmuebles que cumplan con al menos una de estas condiciones:

  • Están alcanzados por la Ley Nº 8.475 y su modificatoria, la Ley Nº 9.602, sobre regularización dominial y saneamiento de títulos
  • Propiedades cuya titularidad registral pertenezca al Instituto Provincial de la Vivienda (IPV)
  • Aquellas pertenecientes a entidades intermedias en las que el IPV haya intervenido como dador de créditos.

Claves

  • La implementación estará a cargo de escribanos regularizadores o de Registros Públicos pertenecientes a la Provincia de Mendoza.
  • La autoridad de aplicación será el Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial a través de la Dirección de Gestión de Bienes Registrables del Estado (DIGEBIRE), en coordinación con el Directorio del IPV.
  • Las autoridades tendrán la tarea de determinar, junto al IPV, la modalidad de repago de los costos de escrituración por parte de los beneficiarios.
  • En caso de mora, se informará a la Administración Tributaria Mendoza (ATM).
  • Contempla la posibilidad de solicitar el levantamiento de inhibiciones u otras medidas cautelares que impidan el otorgamiento de escrituras.
  • Las escrituras otorgadas a través de este programa estarán exentas del pago de tasas como el Certificado de Libre Deuda y la Inscripción Registral, establecidas en la Ley Impositiva Anual.
  • La norma convoca a los municipios de la provincia a adherir a la ley.
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