Tenía casi 100 perfiles para obtener material de abuso sexual infantil y fue condenado a tres años de prisión
El acusado es oriundo de San Rafael y fue investigado a partir de informes de Google. Utilizaba Telegram y bots para acceder y distribuir los archivos.
La sentencia fue dictada este lunes mediante un juicio abreviado
Un hombre oriundo de San Rafael fue condenado a tres años de cárcel por delitos vinculados con la tenencia de material de abuso sexual infantil. La sentencia fue dictada este lunes mediante un juicio abreviado, instancia en la que el acusado reconoció los hechos que se le atribuían.
La investigación permitió establecer que utilizaba múltiples perfiles y herramientas automatizadas para acceder a material ilegal, además de almacenar archivos en servicios de internet y utilizar grupos de mensajería para compartirlos. El caso se inició a partir de una serie de reportes realizados por Google LLC, luego de que la compañía detectara actividad vinculada con material de abuso sexual infantil en una cuenta asociada al acusado.
Los informes fueron remitidos al National Center for Missing & Exploited Children (NCMEC), organización que posteriormente dio intervención a la Justicia. La pesquisa quedó a cargo del fiscal Javier Giaroli, quien avanzó con la identificación del usuario y la recolección de evidencia digital.
La investigación permitió establecer que utilizaba múltiples perfiles y herramientas automatizadas para acceder a material ilegal.
La evidencia que quedó almacenada en Google Drive
De acuerdo con la acusación admitida por el condenado, durante marzo de 2024 había alojado en su cuenta de Google Drive distintos archivos que contenían material de abuso sexual infantil. Los registros aportados por Google permitieron precisar fechas y horarios en los que los archivos fueron cargados a la plataforma.
Esa información resultó clave para vincular la actividad digital con el usuario investigado. La evidencia tecnológica no quedó limitada a los registros de la compañía. Con el avance de la investigación, los pesquisas lograron acceder al dispositivo que utilizaba el acusado y realizar un análisis forense de su contenido.
El allanamiento permitió secuestrar el teléfono
El 1 de agosto de 2024, la Justicia ordenó un allanamiento en el domicilio del hombre, en San Rafael. Durante el procedimiento fue secuestrado un celular Samsung que posteriormente quedó a disposición del Laboratorio Forense de la Unidad de Apoyo para la Investigación Fiscal (UDAPIF).
La pericia informática permitió recuperar información que resultó relevante para la causa y que, según la acusación, permitió reconstruir nuevas actividades realizadas desde el dispositivo. Entre los elementos analizados aparecieron registros vinculados con Telegram, donde el acusado utilizaba un nombre de usuario diferente al de su identidad real.
La pericia informática permitió recuperar información que resultó relevante para la causa.
Uno de los aspectos centrales que surgieron de la pericia fue el uso de bots dentro de Telegram. Según la investigación, el acusado interactuaba con uno de estos sistemas automatizados para obtener información sobre las reglas de un grupo y posteriormente acceder a archivos que eran compartidos entre sus integrantes.
La pesquisa determinó que en esos espacios circulaba material de abuso sexual de niños y adolescentes, incluyendo registros de menores de 13 años. Además, los investigadores encontraron en el teléfono archivos con material de abuso sexual infantil, lo que reforzó la evidencia reunida durante el proceso.
La utilización de múltiples perfiles y herramientas automatizadas fue uno de los elementos que permitió dimensionar la modalidad empleada para acceder al contenido ilegal
Tres años de prisión y estrictas restricciones
Tras reconocer los hechos durante el juicio abreviado, el acusado fue condenado a tres años de prisión de cumplimiento en libertad, sujeta al cumplimiento de una serie de reglas de conducta.
Entre las condiciones establecidas por la Justicia se encuentra la prohibición absoluta de utilizar Telegram, además de la obligación de utilizar únicamente líneas de telefonía celular registradas a su nombre y con información personal verídica.
También deberá utilizar nombres y datos reales en las redes sociales, de manera que su identidad pueda ser determinada sin dudas. La resolución le impide, además, establecer contacto mediante redes sociales o servicios de mensajería con menores de edad que no conozca personalmente.
El cumplimiento de esas condiciones será determinante durante el período de la condena, ya que su incumplimiento podría derivar en consecuencias sobre la modalidad de ejecución de la pena.