26 de marzo de 2026
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sentencia civil

Guaymallén deberá indemnizar a una familia por un accidente en una sala de 2

La justicia, tras un juicio civil, ordenó que la Municipalidad de Guaymallén indemnice a la familia de un nene que sufrió un accidente en una sala de 2.

Por Sitio Andino Policiales

La Municipalidad de Guaymallén deberá indemnizar a la familia de un nene de 2 años que sufrió una herida en una sala de 2, cuando al agarrar el marco de la puerta, un compañerito suyo cerró la misma y le provocó una herida cortante.

La justicia entendió que el accidente se originó por un ineficiente servicio en el cuidado por parte de las maestras y directivos del establecimiento, por lo que establecieron una indemnización por daños y perjuicios que superará los $6 millones, teniendo en cuenta los intereses ocasionados durante la causa.

Juicio civil a la Municipalidad de Guaymallén

Los hechos ocurrieron el 12 de mayo, en horas de la mañana, en el Jardín Maternal “Mi Otra Casita”, ubicado en calle Severo del Castillo al 8.300 de Guaymallén.

En ese establecimiento, que depende de la Municipalidad de Guaymallén, uno de los niños que asistía al lugar sufrió un accidente que le provocó daños en una de sus manos.

Municipalidad de Guaymallén, municipio

La reseña indica que el menor, de 2 años, se estaba lavando sus manos cuando se apoyó en el marco de la puerta de emergencias. En ese mismo momento, otro menor cerró bruscamente la abertura, provocando que el damnificado sufriera heridas cortantes en el dedo anular derecho.

Como consecuencia de esto, el pequeño debió ser asistido de urgencia y fue trasladado al hospital Notti, donde se le realizó una limpieza quirúrgica. Luego se le suturaron 5 puntos y a partir de ese momento debió iniciar una serie de controles durante varios días.

El caso recayó en el Segundo Tribunal de Gestión Asociada, donde analizaron los hechos y entendieron que el estado debía responder por los daños.

Los jueces afirmaron que “las circunstancias alegadas por la demandada no constituyen un caso fortuito” y agregaron que “quienes vigilan deben prestar el máximo de atención para que los niños no sufran daño alguno”.

“El deber no es otro que la prevención del daño, la seguridad de los alumnos está a su cargo, siendo, por tanto, un hecho previsible y evitable que un alumno de tan corta edad tenga un accidente en el aula, en el recreo, sea solo, jugando, o en cualquier otra circunstancia”, sostiene la sentencia.

Además, afirma: “Si el daño se produjo, en cualquier circunstancia, falló la vigilancia y seguridad de quienes debieron tenerlas: la Directora y las Maestras o Auxiliares”.

Ante esto, se fijó una indemnización de casi $6 millones, monto al que se le deberá sumar todos los intereses ocasionados a la fecha.

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