sexto juzgado civil

Violencia en el fútbol: indemnizan con $125.000 a un hombre que perdió el ojo en un partido

La Justicia condenó a los clubes Andes Talleres (donde se jugó el encuentro), Deportivo Maipú y Huracán Las Heras (los equipos que se enfrentaban). En tanto que el fallo recayó también sobre la Liga Mendocina.

Por Pablo Segura

Los hechos de violencia que se producen a diario en el fútbol de nuestro país tuvo otra repercusión judicial. Esta vez, el Sexto Juzgado Civil condenó a tres clubes y a la Liga Mendocina a pagarle 125 mil pesos a un hombre que perdió el ojo durante los incidentes que se produjeron en un partido del torneo local.

La sentencia recayó, firmada por el juez Carlos Dalla Mora, recayó sobre Andes Talleres, club que alquiló la cancha para dicho encuentro, y Deportivo Maipú y Huracán Las Heras, quienes disputaron el encuentro.

El hecho ocurrió el 14 de noviembre del 2004, en horas de la tarde, cuando la víctima, Edgardo Javier Rosales, asistió al estadio de Andes Talleres para presenciar el encuentro entre el Globo y el Cruzado.

Rosales se ubicó en la tribuna Este del estadio, y fue allí donde recibió un piedrazo que le impactó en su ojo derecho.

La violencia del impacto provocó que el hombre sufriera un traumatismo encéfalo craneano con pérdida de conocimiento y pérdida del ojo derecho por estallido ocular con pérdida de contenido intraocular, indicaron los médicos.

Rosales fue trasladado al hospital Central donde fue intervenido quirúrgicamente y donde, luego, se le colocó una prótesis.

Para la Justicia, tanto los clubes que jugaron ese día, como el anfitrión y la Liga Mendocina, tuvieron responsabilidad en el hecho.

Para justificar eso, los magistrados afiramron que la Liga Mendocina, “al ejercer el fomento y difusión del fútbol lo hace como rector de disciplina con facultades de organización y controlador por lo que aún cuando no tenga un vínculo contractual con el damnificado, existe un deber tácito de seguridad por el que debe responder”.

Además, el fallo destacada que este deber “se extiende solidariamente a los clubes participantes del cotejo”.

“No está demás contemplar que, es notorio y público, la rivalidad de algunos equipos, también la bravura de los hinchas y sus reacciones desenfrenadas, son situaciones más que previsibles para cualquier persona común, y con más razón, para los clubes participantes y para la Liga que organiza los campeonatos, diagrama los fixtures y controla los partidos, las condiciones de los estadios, la seguridad, entre otros”

Por su parte, para el Juez, el club Andes Taleres también tiene responsabilidad en el caso. “El hecho de haber sido la entidad anfitriona del encuentro, más aún, haber recibido un canon por el alquiler del estadio no la hace ajena al evento, quedando igualmente comprometida su responsabilidad por el tácito deber de seguridad asumido en forma solidaria con los demás involucrados del evento”, dice el fallo.

Las Más Leídas

Día de la Manicura en Argentina: por qué se celebra hoy, 14 de mayo
Sorpresivo aumento de precios de los combustibles de YPF
Día del Ahijado y el Nieto: por qué se celebra hoy, 11 de mayo
ANSES: quiénes cobran este miércoles 14 de mayo de 2025
Guaymallén: vecinos denuncian a un celador por abuso sexual de un menor

Te Puede Interesar