27 de junio de 2026
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lucha contra la trata

Contra los proxenetas: Fayad prohibió los cabarets en Capital

El Concejo Deliberante aprobó una ordenanza mediante la cual se quitarán las habilitaciones a todos los establecimientos que se dediquen al comercio sexual.

Por Marisa Alarcón

Teniendo en cuenta que la trata de personas es un delito que a nivel mundial somete anualmente a 4 millones de adultos y 2 millones de niños y niñas, y genera ganancias estimadas en los 32.000 millones de dólares anuales, donde el 85 por ciento proviene del comercio sexual, el intendente de Capital Víctor Fayad tiene una ordenanza en sus manos con la que pretende combatir este delito y por ende perseguirá a los proxenetas.

La iniciativa del Viti, que se aprobó esta mañana y que entrará en vigencia 30 días después de que sea promulgada, prohíbe los lugares de alterne en Ciudad. Es decir que en ese lapso de tiempo deberán cerrar los que están funcionando actualmente y no se concederán habilitaciones a aquellos que pretenden instalar establecimientos donde se ejerza la prostitución o exista la oferta sexual.

“No se otorgarán más habilitaciones a locales que tengan que ver con el ejercicio de la prostitución. Los que están habilitados que son los cabarets, en 30 días de promulgada la ordenanza tendrán que cerrarse”, explicó el presidente del Concejo Deliberante, Rodolfo Suárez.

Lo cierto es que en Ciudad hay varios de estos establecimientos, muchos de ellos habilitados, mientras que otros se manejan en la ilegalidad como por ejemplo lugares que simulan ser albergues transitorios, y por detrás se dedican al comercio sexual.

En la calle General Paz se encuentra el cabaret Red Club. SITIO ANDINO intentó dialogar con uno de los empleados, que no estaba al tanto de la nueva ley, quien dijo que “acá tenemos todo en regla, tendrían que hacerlo con los lugares que no están habilitados. Con esto van a dejar a la gente sin trabajo”.

En ese sentido es probable que la noticia no sea bien recibida por los dueños de estos establecimientos, por lo que Suárez dejó en claro que “si hay que dar batalla jurídica se dará”.

El artículo 4 de la ordenanza especifica cuáles son los lugares de alterne:

  “A todo lugar abierto al público o de acceso al público en donde se realicen, toleren, promocionen, regenteen, organicen o de cualquier modo se faciliten actos de prostitución u oferta sexual, cualquiera sea su tipo o modalidad;

  b)   A todos los locales de cualquier tipo abiertos al público o de acceso al público en donde los concurrentes y/o clientes traten con personas contratadas para estimular el consumo o el gasto en su compañía; y/o,

  c) A todo lugar en donde bajo cualquier forma, modalidad o denominación se facilite, realice, tolere, promocione, regentee, organice, desarrolle o se obtenga provecho de la explotación de la prostitución ajena, hayan prestado o no las personas explotadas y/o prostituidas y/o que se prostituyen, su consentimiento para ello”.

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