La otra causa clave a la que debe enfrentarse el ex intendente Luis Lobos
Por Cecilia Zabala.
El ex intendente Luis Lobos, que días atrás quedó preso por la causa por defraudación a la administración pública, por el cual también fue condenada su ex esposa, Claudia Sgró, debe enfrentarse ahora a otro fallo pero esta vez en la Justicia Civil, que lo podría despojar de algunos de sus bienes.
El ex intendente de Guaymallén no atraviesa sus mejores días. Al hecho de haber sido apresado tras quedar firme la condena a cuatro años y medio (de prisión efectiva) por los delitos de defraudación a la administración pública cuando se desempeñaba como intendente en el departamento de Guaymallén; se le suma la causa de Extinción de Dominio, una figura legal nueva que Mendoza fue pionera en incorporar, con el objetivo de recuperar bienes "mal habidos", o producto de la corrupción.
La Suprema Corte dejó firme el fallo de la causa en la que se comprobó que Lobos e Isgró tenían falsos empleados que supuestamente cobraban sueldos que se los dejaban ellos. Sgró fue condenada a tres años y cuatro meses de cárcel por partícipe primario del mismo delito.
Pero esa es la causa penal. Ahora la Justicia debe resolver la causa Civil contra Lobos, por la que podría perder varios de sus bienes. La demanda contra el ex intendente peronistapor presunto enriquecimiento ilícito desde su gestión como concejal de Guaymallén,está en la Sala I de la Suprema Corte de Justicia, integrada por los ministros Julio Gómez, Pedro Llorente y José Valerio ya que la ministra Teresa Day fue recusada.El plazo para que la Sala se expida vence los primeros días de mayo.
La causa llegó hasta el máximo tribunal tras las apelaciones de Lobos en distintas instancias, argumentando la inconstitucionalidad de la Ley de Extinción de Dominio 1.951, aprobada en 2019 y aplicada por primera vez en la causa contra Lobos.
El primer paso en los tribunales fue a partir de la acción del fiscal Héctor Fragapane, fiscal de Cámaras en lo Civil, Comercial, Paz, Tributario, Laboral y Familia del Ministerio Público Fiscal de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Mendoza con funciones en la Procuración General como Fiscal Adjunto Civil.
Precisamente, esta última función es la que lo llevó a aplicar la figura de la Extinción de Dominio contra un ex funcionario público. Los trabajos de Fragapane en este sentido permitieron que en Mendoza se aplicara por primera vez una condena por esto, con una sentencia firmada por la jueza María Paz Gallardo, que estableció la aceptación parcial sobre tres inmuebles pertenecientes a Luis Alberto Lobos y Claudia Verónica Sgro. Por el contrario, se desestimó una acción sobre tres vehículos de la pareja. En este primer fallo contra Lobos, Gallardo además estableció la constitucionalidad de la Ley 9.151.
Los bienes en cuestión son el inmueble identificado con la matricula 362.679/4 unidad 2 PB de calle Cangallo 3862 titularidad del 100% de Claudia Sgró; el inmueble identificado con la matricula 181.518/4 de Calle Tirasso 4357 titularidad del 100% de Luis Lobos, con una superficie de 1.666,06 m2, conocido como la "mansión"; y el inmueble identificado con la matrícula 167.166/4 pasillo comunero de calle Tirasso 4357 titularidad del 100% de Lobos.
El ahora condenado penalmente apeló este fallo de Gallardo, planteando la inconstitucionalidad de la 9.151 y el Decreto de Necesidad y Urgencia 62/ 2019 del ex presidente Mauricio Macri para que sus bienes no pasen a manos del Estado provincial. Sin embargo, la jueza María Teresa Carabajal Molina rechazó la medida y confirmó el fallo de primera instancia, con la adhesión de las otras magistradas Gladys Delia Marsala y de Silvina del Carmen Furlotti.
Este nuevo fallo también fue apelado por Lobos ante la Suprema Corte y es la resolución que se espera para las próximas semanas, por lo cual hasta ahora la condena que despoja a Lobos de sus bienes no está firme.
Al momento de ser embargados por la justicia, en 2019, los bienes de Lobos tenían un valor de mercado de 4 millones de pesos, que deberán ser actualizados. De quedar firme la condena bajo la figura de Extinción de Dominio, esas propiedades serán rematadas y los bienes pasarán al Estado provincial y serán destinados a un fondo para reparación de escuelas.
"Que la causa civil avance y se confirme el fallo por Extinción de Dominio es clave porque sino en menos de cuatro años (con beneficios) sale y vuelve a su casa. Lo importante es que esos bienes que fueron presuntamente adquiridos por corrupción sean recuperados, sino no sirve. La condena tiene que ser completa", opinó Marcelo D´Agostino, subsecretario de Justicia de Mendoza.
D´Agostino fue el autor de la ley que permitiría recuperar esos bienes, aunque no esté terminada la causa penal. En ese caso, se realiza un juicio civil en el que el imputado debe dar cuenta de cómo obtuvo determinados bienes y en el caso de que esto no suceda, se procede a la incautación y remate.
La iniciativa que fue propuesta por el ex gobernador Alfredo Cornejo, tiene como objetivo no esperar los largos años que suelen llevar los juicios penales para contar con una sentencia definitiva y agilizar la recuperación de los bienes obtenidos con dinero de la corrupción. Mientras que a nivel nacional, se avanzó en el mismo sentido por un decreto firmado por el ex presidente Mauricio Macri.