8 de noviembre de 2026
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El Gobierno postergó hasta marzo el aumento del impuesto para evitar el impacto en precios

El Gobierno postergó oficialmente hasta marzo del año que viene la actualización de los impuestos a los combustibles, que debían aplicarse desde este miércoles.

Se trata del Impuesto a los Combustibles Líquidos (ICL) y al Dióxido de Carbono (IDC), cuyo aumento repercute en los precios finales de la nafta y el gasoil.

La decisión, que ya había sido adelantada por la Secretaría de Energía, se formalizó por medio del Decreto 820/2021, publicado en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete Juan Manzur y del ministro de Economía Martín Guzmán.

"Establécese que los incrementos en los montos de impuesto fijados en la Ley N° 23.966, que resulten de las actualizaciones correspondientes al primer, segundo y tercer trimestres calendario de 2021, surtirán efectos para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil a partir del 1° de marzo de 2022, inclusive", según el texto oficial.

En esa Ley, sancionada en 1998, se establecieron montos fijos en pesos por unidades de medida para determinar el impuesto sobre los combustibles líquidos y el impuesto al dióxido de carbono, respectivamente.

También se fijó un monto fijo diferencial del impuesto sobre los combustibles líquidos para el gasoil, cuando se destine al consumo en el área de influencia conformada por las provincias de Neuquén, La Pampa, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, el partido de Carmen de Patagones en la provincia de Buenos Aires y el Departamento Malargue en la provincia de Mendoza.

A través de esa normativa, se previó que los montos fijos se actualizasen por trimestre calendario sobre la base de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el INDEC, considerando las variaciones acumuladas de ese índice desde enero de 2018, inclusive.

El Poder Ejecutivo recordó que conforme a lo dispuesto por el Decreto N° 352/21, se encuentran postergados los incrementos en los montos de esos impuestos derivados de las actualizaciones correspondientes al primer y segundo trimestres calendario de 2021, para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, sin que resulten de aplicación para los hechos imponibles que, con relación a esos productos, se perfeccionen hasta el 30 de noviembre de 2021, inclusive.

"Tratándose de impuestos al consumo, y dado que la demanda de los combustibles líquidos es altamente inelástica, las variaciones en los impuestos se trasladan en forma prácticamente directa a los precios finales de los combustibles", señaló.

En consecuencia, sostuvo que "en línea con las medidas instrumentadas hasta la fecha y con el fin de asegurar una necesaria estabilización y una adecuada evolución de los precios, resulta razonable postergar para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil los efectos de los incrementos en los montos de impuesto".

El proyecto de Ley de Hidrocarburos que el Gobierno envió al Congreso prevé una modificación de la Ley 23.966, con el objetivo de establecer alícuotas porcentuales del precio de los combustibles líquidos, en reemplazo de una actualización trimestral por inflación.

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