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Pandemia

Oficial: Mendoza adhiere al confinamiento por 9 días y esto es lo que no se podrá hacer

Por Redacción de SITIO ANDINO

Frente a la demora de la publicación del DNU que deberá firmar Alberto Fernández en las próximas horas, el Gobierno de Mendoza se adelantó y confirmó que la provincia adherirá a todas las medidas que impondrá la Nación por los próximos nueve días, y que el presidente anunció anoche.

El gobernador Rodolfo Suarez lo había confirmado en la reunión virtual que compartió ayer con el Jefe de Estado y los gobernadores, y lo habló durante la jornada de hoy con diferentes intendentes, para conocer su posición. En definitiva, la posición fue respaldar este confinamiento estricto desde las 0 de mañana hasta las 23.59 del domingo 30 de mayo.

De este modo, Mendoza adoptará todas las restricciones y las complementará con las que ya regían en la provincia hasta hoy, como la compra en comercios según terminación del DNI. A partir del lunes 31, se retomará el esquema que se llevó adelante por estos días, regresando incluso la presencialidad en las escuelas de todos los niveles (Inicial, Primario, Secundario y Especial) con el sistema de burbujas.

Entonces, estas son las medidas que regirán en todo el territorio mendocino por los próximos nueves días:

Desde el Ejecutivo provincial remarcaron que "la responsabilidad ciudadana y el apego al cumplimiento de las nuevas medidas será determinante para que el resultado de este gran esfuerzo colectivo sea efectivo".

Asimismo, reiteraron que desde el Gobierno local se solicitó a la Nación "el apoyo expreso a los sectores de la economía que tienen mayor impacto, porque seguimos creyendo que es indispensable mantener un equilibrio razonable entre cuidado de la salud y el funcionamiento de la economía, que garantice el empleo que es determinante en la lucha contra la pobreza".

A partir de ahora, restará la publicación del decreto provincial con las nuevas disposiciones para oficializar las nuevas medidas que comenzarán a regir esta noche en la provincia.

En cuanto al incumplimiento de las regulaciones, correrán las multas vigentes que prevén una sanción económica de $50 mil para quien organice una reunión clandestina y de $10 mil para quien no pudiese justificar su circulación en la vía pública fuera de horario.

En tanto, podrá ser imputado por infringir el artículo 205 del Código Penal, que prevé penas de seis meses a dos años de prisión a quien "violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia". 

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