Este fin de semana largo en Mendoza comenzaron a realizarse las reuniones familiares, luego de que el gobernador Rodolfo Suarez lo autorizara a través del Decreto 635, el cual establece que estos encuentros pueden hacerse los días sábados, domingos y feriados de 9 a 23; y no pueden superar las diez personas en el mismo domicilio.
En la primera prueba de este reencuentro con los seres más cercanos, tras más de dos meses de aislamiento social, preventivo y obligatorio, no se registraron inconvenientes, la medida se respetó como indica el protocolo y no hubo multas.
Que alegría ver a mi vieja después de 60 días sin verla. Esta genial con sus 96 años. Gracias a mi hermana que la súper cuida!!!! pic.twitter.com/rQWyJJ1MrP
Tanto desde el Ministerio de Seguridad como del Juzgado de Faltas de turno informaron que no se efectuaron contravenciones y no hubo contratiempos que lamentar. Si bien se registraron algunas denuncias al 911 o al 148, cuando los efectivos policiales se dirigieron al lugar certificaron que no hubo ningún tipo de incumplimiento.
Además, desde la Policía de Mendoza reafirmaron el buen accionar de la sociedad mendocina y el alto acatamiento de la población para con el decreto publicado por el Gobierno provincial.
Cabe recordar que los controles están a cargo de la Policía y de los municipios. Además, en el número 148 se puede denunciar a los infractores. Las sanciones prevén multas de 50 mil pesos para aquellas personas que no respeten la normativa.
Protocolo para reuniones familiares dispuesto por el Gobierno
Las reuniones familiares autorizadas por la presente norma, están limitadas a grupos familiares de cercanía, tanto en las condiciones determinadas por el art. 1°, como por su situación geográfica.
Para casos de personas mayores de 60 (sesenta) años o incluidas en los denominados grupos de riesgo, se recomienda evitar sus traslados.
A los fines de la reunión, no habrá limitaciones en razón del número de DNI.
Deberán realizarse en domicilios particulares. Quedan prohibidas las reuniones en espacios públicos o sitios de alquiler como salones, campings, etc.
Bajo ninguna circunstancia podrán realizarse reuniones sociales o juntadas que no sean exclusivamente familiares.
La presente disposición NO implica la autorización de festejos o eventos sociales públicos o privados que no sean familiares, los cuales se encuentran expresamente prohibidos.
Para el caso que se detecten reuniones que incumplan esta normativa, quedan habilitados para efectuar las correspondientes denuncias el teléfono 911 y la app 148 Mendoza (descarga en playstore), o en la web www.mendoza.gov.ar/consultas/
Se recomienda que la reunión se realice en un espacio abierto o con adecuada ventilación.
No podrá haber más de diez (10) personas reunidas en el mismo domicilio.
No podrá utilizarse el transporte público para desplazarse hacia el lugar de reunión.
Se deberá concurrir con tapaboca y/o barbijo.
Medidas de higiene recomendadas
Disponer de solución de agua con alcohol al 70% y/o alcohol en gel en el domicilio.
Desinfectar los pisos y los utensilios o implementos utilizados una vez finalizada la reunión.
No compartir utensilios o vajilla.
Mantener distancia de al menos 2 metros entre personas.
Evitar en la medida de lo posible el contacto físico con otras personas.
Higienizarse las manos frecuentemente con agua y jabón o en su defecto con alcohol en gel o solución sanitizante.
Usar toallas de papel para el secado de manos y descartarlas inmediatamente después de su utilización en bolsa de residuos.
Evitar tocarse el rostro con las manos.
El decreto establece que quedan exceptuadas de las reuniones familiares:
Aquellas personas que presenten cualquier tipo de sintomatología compatible con el Virus-COVID SaRS-CoV-2 tales como fiebre, tos seca, disnea (ahogo o dificultad para respirar), congestión nasal, astenia (cansancio), mialgias (dolores musculares), odinofagia (dolor de garganta), anosmia (pérdida del olfato) y/o ageusia (pérdida del gusto), cefaleas o diarreas, quienes deberán seguir los protocolos pertinentes dispuestos por la autoridad Sanitaria Provincial.
Quien haya estado en contacto, en los últimos 21 (veintiún) días: con individuos que hayan presentado los síntomas precedentemente indicados; con pacientes confirmados de Virus-COVID SaRS-CoV-2; con personas que se encuentren a la espera del resultado de un test para Virus-COVID SaRS-CoV-2.
El incumplimiento del protocolo será penado con una sanción de multa de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000) para el anfitrión o propietario del inmueble donde se constate la infracción, según corresponda y cada Municipio será el encargado de controlar que las personas cumplan con lo establecido y lo recaudado de las multas irá destinado al sistema de salud de la Provincia o del Municipio, según quien hubiere constatado la infracción.