23 de julio de 2026
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indemnizarán a sus padres

Condenan a la provincia por el suicidio de una presa en El Borbollón

Por Pablo Segura

El Primer Tribunal de Gestión Asociado condenó al Estado provincial a indemnizar a los padres de una mujer que se suicidó en el penal de El Borbollón luego de sufrir maltratos y vivir en condiciones inhumanas en la penitenciaría.

La Jueza Roxana Alamo entendió que la provincia, al ser encargada de la unidad carcelaria, no le prestó a la víctima la seguridad correspondiente y ordenó al Estado a que indemnice a sus padres con 678.500 pesos más los intereses ocasionados.

El caso es en torno a la muerte de Carmen Daniela Moeddir, quien fue detenida en octubre del 2013 en el marco de una causa por tenencia y comercialización de estupefacientes.

Por orden del Juez Federal Walter Bento, la mujer fue detenida y luego llevada al penal de El Borbollón.

A partir de ese momento, según la presentación de sus padres, sufrió torturas del personal penitenciario y de otras internas, carecía de frazadas en invierno, no era alimentada, los baños no tenían agua y era víctima de violencia moral constantemente, entre otros.

Por esto tuvo que ser atendida en varias ocasiones en el hospital Central y su familia pidió el régimen de prisión domiciliaria.

Sin embargo, la justicia se lo negó y dos días después, el 13 de junio del 2014, la interna fue encontrada sin vida, en un presunto suicidio.

En la denuncia, los padres de la víctima destacaron que la interna estaba alojada en una celda pequeña, y que en dicho lugar habían 130 mujeres, cuando la capacidad sólo era para 85.

Para los investigadores, la provincia, en su calidad de titular del establecimiento y por haber consentido el ingreso de la detenida por orden de un juez federal, "tiene responsabilidad del deber de seguridad".

"Estimo que no se ha probado eximente alguna, es decir, conducta ajena a la demandada apta para romper el nexo de atribución de responsabilidad que se le endilga, derivada de la omisión de prestar el deber de seguridad que no permite calificar al suicidio de mujer como un hecho imprevisible e inevitable, como asimismo, adoptar las medidas necesarias para el cese de la violencia ejercida contra su persona, cuya depresión diagnosticada no fue tratada e incluso agravada, por las situaciones vividas en ámbito carcelario", afirmó la magistrada en sus fundamentos.

Por lo tanto, ordenó indemnizar, en concepto de daños y perjuicios, a los padres de la mujer fallecida.

Este es el fallo completo:

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