Inhabilitación

El Gobierno sancionó a constructora por ocultar información

Por Redacción de SITIO ANDINO

El Gobierno provincial, a través del Registro de Antecedentes de Constructores de Obra Pública (RACOP), sancionó la constructora Convicción S.A. La empresa fue inhabilitada por un año para participar de licitaciones públicas por omitir información en la documentación que debe presentarse al organismo que regula a las compañías constructoras.

Mediante la Resolución Nº 223 publicada este jueves en el Boletín Oficial, el RACOP aplicó una suspensión por 12 meses a Convicción S.A. debido a que la empresa buscó obtener un certificado de habilitación para licitar un proyecto de viviendas y en la documentación presentada omitió declarar dos obras licitadas por el Municipio de Lujan de Cuyo de alrededor de $109 millones cada una.

"La empresa Convicción S.A. al solicitar y aportar la documentación necesaria para la obtención del certificado de habilitación para licitar emitido por este Registro, el 05/10/2018, omite declarar dos obras licitadas por el Municipio de Lujan de Cuyo - Mendoza y que fueran adjudicadas en forma definitiva en UT junto a la empresa Alef Construcciones S.R.L. (50% de participación en la unión transitoria) el 31/08/2017 mediante decreto 2039/17 y 2044/17 respectivamente, a saber: 1-)Licitación Pública PRL 1.004/2.017, "Construcción de 75 Viviendas, Infraestructura y Urbanización" por la suma total de $109.219.913 (Decreto 2039/17); 2-)Licitación Pública PRL Nº 1.005/2.017, "Construcción de 75 Viviendas, Infraestructura y Urbanización", por la suma total de $109.042.736,90, ambas dentro del ?Programa de Ribera Luján'", se explica en la resolución.

En tanto, también se señala que la firma reconoció en un descargo la omisión y argumentó que "dichas obras se encuentran semiparalizadas y que se han realizado reiterados reclamos administrativos". Además esgrimió esta situación produce un "gran perjuicio técnico ya que dichas obras consumen nuestra capacidad de contratación otorgada por el RACOP, impidiendo la posibilidad de buscar nuevos trabajos, al no poder licitar o contratar otras obras".

No obstante, el reglamento del RACOP establece que "las infracciones son de carácter objetivo, independientemente del dolo o culpa" por lo que se le aplicó la sanción correspondiente.

Esta es la Resolución Nº 223:

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