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Impuestos

Guía práctica: Cambios para obtener y blanquear tu Clave Fiscal

AFIP modificó los procedimientos previstos para la obtención y blanqueo. Analistas te lo explican.
Por Sección Economía

 Por Silvana Cattafi*

En abril fue publicada la Resolución General de AFIP 4026-E, a través de la cual se realizan modificaciones a los procedimientos previstos para la obtención y blanqueo de clave fiscal. Las mismas ponen de manifiesto la intención de intensificar el uso de herramientas informáticas que, desde hace un tiempo a la fecha, la Administración Federal está promoviendo.

En primera instancia, la citada norma hace referencia a la necesidad de actualizar y posteriormente ratificar - a través del sitio web de AFIP - los datos biométricos, en oportunidad de realizar la modificación de alguno de ellos. Esto es: fotografía, firma, huella dactilar y/o documento nacional de identidad.

Otra de las modificaciones introducidas por esta norma, es la posibilidad de obtener la clave fiscal concurriendo a cualquier dependencia de la Administración Federal, en la medida en que se cuente con los datos biométricos registrados, o que se trate de sujetos que posean CUIL o CDI. Cabe aclarar que aquellos contribuyentes o responsables que no cumplan con estos requisitos, a fin de obtener su clave fiscal deberán dirigirse a la dependencia que corresponda a su domicilio fiscal.

Respecto a este punto, la implementación de este procedimiento no se encuentra generalizada, por lo cual se continúa requiriendo a los contribuyentes dirigirse a la dependencia correspondiente a su domicilio. Esperamos que en el corto plazo esto se encuentre operativo, a fin de simplificar la realización de este trámite.

Se incorpora además la posibilidad de obtener la clave fiscal a través del servicio de homebanking de las entidades bancarias. Para esto, la persona deberá contar con CUIT, CUIL o CDI, y el sistema le solicitará ingresar algún dato no público conocido por ella. La clave obtenida por este medio contará con nivel de seguridad 2.

Finalmente, la resolución introdujo modificaciones al procedimiento de blanqueo de clave fiscal.

Se simplificó el trámite presencial, permitiendo realizarlo a través de los siguientes mecanismos:

-Mediante puestos de Autogestión de Blanqueo de Clave Fiscal, con identificación de huella digital. Entendemos que los mismos aún no se encuentran disponibles, pero que se irán incorporando progresivamente.

-En cualquier dependencia de la AFIP, acompañando una nota en la cual se manifieste la voluntad de realizar el blanqueo de clave.

Y también se modificaron las alternativas relacionadas al trámite electrónico, el cual otorga una clave con nivel de seguridad 2:

-A través del sitio web de AFIP, ingresando un dato no público conocido por el contribuyente o responsable.

-A través del servicio de homebanking de alguna entidad bancaria.

-Mediante cajeros automáticos. En este caso, si el solicitante poseía previamente una clave fiscal con nivel de seguridad 3, se le mantendrá el mismo. Cabe destacar que la implementación de este mecanismo será aplicable a partir de que la entidad bancaria habilite dicha funcionalidad.

En relación a lo antes expuesto, destacamos el impacto positivo que tales medidas tendrán, una vez que se encuentren totalmente operativas, en cuanto a la simplicidad de los trámites, permitiendo descongestionar las dependencias de la Administración Federal. Si bien respecto a la incorporación de herramientas informáticas queda un amplio camino por recorrer, es de destacar que el fisco nacional ha dado grandes pasos a este respecto, y esperamos que progresivamente los fiscos provinciales se sumen a ello.

*Departamento de impuesto de TGA.

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