21 de septiembre de 2026
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Superposición de impuestos

Ciudad de Buenos Aires no cobrará Ingresos Brutos a empresas de Mendoza

Pymes de la provincia amenazaron con convocar a un tribunal arbitral y lograron revertir la medida.

Según informa hoy la CAME, tal lo informado en la circular POR LA DEROGACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE AGIP QUE PERJUDICA A LOS COMERCIOS DEL INTERIOR emitido el 3 de noviembre, y a raíz de la gran preocupación que generó la norma RG 421/2016 respecto a las compras realizadas en la Ciudad e Buenos Aires (CABA) de contribuyentes del interior que no estaban inscriptos en dicha localidad, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) emitió un dictamen en el que expresa que bajo el nuevo régimen para Agentes de Recaudación, establecido por la Resolución 939/2016 y modificatorias, no estarán alcanzados por percepción alguna los contribuyentes que no tengan actividad inscripta en esta jurisdicción. 

Tal lo establecido en el dictamen emitido, se preserva el criterio establecido por la Comisión Arbitral Convenio Multilateral en 2011, respecto del sustento territorial.

El 3 de noviembre a pedido de la FEM de Mendoza, CAME envió notas al al administrador general de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), Andrés Ballota, solicitando una audiencia en pos de la derogación o modificación de la Resolución General 421/2016, la cual trae graves consecuencias para los comercios minoristas del interior del país. La normativa establece el pago de un Impuesto para contribuyentes y/o responsables del interior sobre los Ingresos Brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) por compras de cosas muebles, locaciones (de cosas, obras o servicios) y/o prestaciones de servicios, independientemente del lugar donde se materialicen las mismas.

Considerando que la mayoría de los contribuyentes del interior no obtienen ingresos en la jurisdicción de CABA, pero sí realizan mayoritariamente sus compras en ella, el monto de las percepciones se irá acumulando y será muy difícil obtener su reintegro. Para reducir en parte esta exacción, la medida obligará a los contribuyentes del interior a inscribirse según normas del Convenio Multilateral en CABA, con lo cual se determinará un mínimo coeficiente para la misma, pero que repercutirá reduciendo los ingresos de la Administración Tributaria Provincial de cada una de las provincias.

Estas son las cartas que se enviaron al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que permitieron dar marcha a trás con la medida.


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