16 de noviembre de 2025
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Legislatura

Se aprobó el proyecto de la utilización de la Cámara Gesell en delitos que involucren a menores

Fue presentado en 2011 por la diputada Mónica Zalazar. La ley implica la obligatoriedad de este procedimiento cuando las víctimas o testigos de algún delito sean menores de edad. Hasta ahora hacía falta la aprobación de un juez.

Por Sección Política

La Legislatura mendocina aprobó este miércoles el proyecto de incorporación e institucionalización de la Cámara Gesell en casos en que una víctima o testigo menor de edad, sea víctima de algún delito establecido en el Código Penal, delito contra el honor, la integridad sexual o situaciones violentas y necesariamente tuviera que  testificar para que se pueda desarrollar normalmente la causa.

El proyecto fue presentado inicialmente por el legislador Miguel Serralta y al concluir su mandato, en el año 2011, fue la diputada por el Partido Justicialista (PJ) Mónica Zalazar la que relanzó el proyecto, que fue aprobado en la Cámara de Diputados.

La Cámara Gesell es una habitación acondicionada para permitir la observación de personas. Está conformada por dos ambientes separados por un vidrio de visión unilateral, los cuales cuentan con equipos de audio y de video para la grabación. El objetivo es observar la conducta de niños sin que sean perturbados o que la presencia de otra persona cause alteraciones.

“En muchos casos ha sucedido que el niño tiene que responder a la consulta del defensor del imputado, y éste le hace preguntas para incomodarlo frente a los demás con el objeto de que la persona se sienta mal y desee irse”, exclamó la diputada Mónica Zalazar, creadora del proyecto. Además, la diputada afirmó que la consigna fue utilizar el sentido común y señaló que no se puede exponer a un niño a una situación angustiante luego de lo que tuvo que vivir, que puede –en algunos casos- devenir en una revictimización.

De esta manera, con la implementación de la Cámara Gesell, un profesional capacitado, que puede ser un psicólogo, o un psicopedagogo, será el que lleve a cabo el diálogo con el niño, de manera que todas las inquietudes propuestas por las partes, tanto los abogados del niño como los del imputado, se canalizarán a través del profesional.

Anteriormente, la utilización de la Cámara Gesell sólo se llevaba a cabo si un Juez ordenaba su uso. De esta manera, queda esta ley incluida en el Código Penal y se institucionaliza formalmente como método obligatorio.

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