26 de octubre de 2026
{}
comercio electrónico

AFIP dio a conocer nuevos controles a la compra y venta de productos por internet

Una nueva resolución establece que sólo se podrá utilizar el correo dos veces al año y el valor de los bienes no podrán superar los 25 dólares.

Por Sección Economía
La AFIP dio a conocer este miércoles nuevas medidas, luego de que este martes entraran en vigencia los nuevos controles a la compra y venta de productos a través de Internet . Además anunció que dará a conocer un listado de bienes que se verán exentos a la norma.

La resolución 3.582, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, establece que sólo se podrá utilizar el servicio de correo dos veces al año para transacciones a través de la web. Además el valor de los productos adquiridos no podrán superar los 25 dólares.

La única manera de poder adquirir productos con valores superiores al establecido será abonando el 50% del precio de los bienes y su recepción deberá seguir las condiciones que establece el Régimen General de Importación.

La AFIP argumenta estas nuevas medidas en la necesidad de "implementar medidas tendientes a contar con mayor información para el libramiento de dichos envíos".

La resolución, en tanto, informó que próximamente se dará a conocer un listado de productos que estarán exentos de lo establecido a la norma hoy publicada en el Boletín Oficial, según publica Diario Veloz.

A continuación, el texto completo de la nueva medida de la AFIP:

Artículo 1° -Los sujetos que realicen compras de mercaderías a proveedores del exterior, que ingresen al país mediante el correo oficial -incluido el servicio puerta a puerta-, podrán utilizar el procedimiento previsto en la Resolución General N° 3.579 en DOS (2) oportunidades en el año calendario, resultando de aplicación la franquicia anual de VEINTICINCO DOLARES (U$S 25) prevista en el Artículo 80, Apartado 1, Inciso c) del Decreto N° 1001/82 y sus modificaciones.

Art. 2° - Los envíos que excedan del límite previsto en el artículo anterior, deberán ser cursados al amparo del Régimen General de Importación.

Art. 3° - La Dirección General de Aduanas elaborará a su consideración, un listado de mercaderías que quedarán exceptuadas de la presente norma, el cual será publicado en el sitio "web" de esta Administración Federal (www.afip.gob.ar).

Art. 4° - Esta resolución general entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
LO QUE SE LEE AHORA
Luiz Inácio Lula da Silva obtuvo su cuarto mandato como presidente de Brasil

Las Más Leídas

La finalización de la Ruta Nacional 40 hacia Neuquén podría mejorar la conectividad de Mendoza y abrir oportunidades para la industria, el turismo, el comercio y la actividad energética.
Tiempo en Mendoza: cuándo volverá el calor y qué pasará este domingo.
Resultados de Telekino: controlá el cartón 2451 y números ganadores del domingo 25 de octubre
Paso Los Libertadores hoy: estado, horario y demoras.
¿Qué es el molibdeno, para qué sirve y por qué podría representar una oportunidad para Mendoza?