La Policía Ambiental Minera (PAM) realizó un operativo de control en Ruta Nacional 7 orientado a la implementación efectiva de la Guía de Tránsito de Minerales. Se trata de un instrumento obligatorio que regula el transporte y la comercialización de minerales en el territorio provincial, en base al Código de Procedimiento Minero.
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Minería: la Policía Ambiental intensifica controles en el traslado y comercialización de minerales en Mendoza
Un operativo interinstitucional en Ruta Nacional 7 reforzó el control del transporte de minerales mediante la aplicación de la Guía de Tránsito.
El operativo se realizó junto con Gendarmería Nacional, Vialidad Provincial, Vialidad Nacional, Agencia Nacional de Seguridad Vial, Guardia Urbana Municipal de la Municipalidad de Las Heras y la Policía de Mendoza. Durante el control, los equipos técnicos brindaron información y realizaron tareas de control vinculadas a la Resolución N°110 de la Dirección de Minería del Ministerio de Energía y Ambiente, y el uso obligatorio de las guías de transporte de minerales.
“Estas acciones buscan garantizar que el traslado de materiales se realice de manera legítima, documentada y trazable, habilitando a la autoridad competente a detener, inspeccionar y sancionar cualquier transporte irregular. La normativa prohíbe expresamente el traslado, la comercialización o la tenencia de minerales sin el respaldo legal correspondiente”, explicó el jefe de la PAM, Guillermo Bickham.
“Después de esas recomendaciones o disposiciones, Vialidad Provincial pesó los camiones en unas básculas móviles. Con ese procedimiento contrastamos la información consignada en la guía de transporte con el pesaje real del camión”, explicó.
Minería, transporte y controles
La Guía de Tránsito de Minerales, establecida en el Código de Procedimiento Minero, es el documento que ampara obligatoriamente el transporte y la comercialización de minerales y sustancias pétreas dentro del territorio provincial. Su finalidad es asegurar la trazabilidad, la legalidad y el control de los materiales desde su origen hasta su destino final.
Todas las personas humanas o jurídicas que intervienen en la cadena minera —producción, transporte, comercialización e industrialización— están obligadas a portar y exhibir la guía ante cualquier autoridad administrativa, policial o minera que lo requiera.
La Autoridad Minera es la encargada de emitir las guías, a solicitud del interesado, por cada derecho o proyecto minero. La obligación alcanza tanto a productores mineros como a transportistas autorizados.
El documento debe consignar información precisa sobre:
- Mineral transportado,
- Origen,
- Destino,
- Datos del productor,
- Datos del transportista,
- Datos del medio de transporte,
- Contactos ante emergencias.
La vigencia de la guía se extiende hasta la recepción del material en destino o hasta que se modifique el medio de transporte declarado.
El Código de Procedimiento Minero contempla además regímenes específicos, como guías para muestras sin destino comercial con fines científicos, guías internas para traslados dentro de un mismo proyecto sin circulación por rutas públicas y la validez de guías emitidas por otras jurisdicciones en el caso de tránsito interprovincial.