El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°12 dejó sin efecto la medida cautelar que había suspendido la vigencia de 81 artículos de la Ley 27.802 de la Reforma laboral, en una causa iniciada por la CGT contra el Estado Nacional.
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La CGT pierde en los tribunales: levantan la medida que paralizaba la reforma laboral
La jueza federal Macarena Marra Giménez dejó sin efecto la medida que había suspendido la reforma laboral en una causa iniciada por la CGT.
La resolución fue firmada por la jueza federal Macarena Marra Giménez, quien sostuvo que el magistrado laboral que había dictado la cautelar carecía de competencia y que no estaban reunidos los requisitos legales para mantener la suspensión de la norma.
Qué resolvió la jueza
Según pudo saber la Agencia Noticias Argentinas, la magistrada resolvió "dejar sin efecto la medida cautelar otorgada mediante resolución del 30/3/2026, que suspendió 81 artículos de la Ley de Modernización Laboral N°27.802".
El fallo recordó que la Sala IV de la Cámara Contencioso Administrativo Federal había definido previamente que la competencia correspondía al fuero contencioso administrativo y no al laboral. En ese marco, Marra Giménez citó la Ley 26.854 de medidas cautelares contra el Estado, que establece que los jueces deben abstenerse de decretar cautelares cuando la causa no sea de su competencia.
El alcance cuestionado de la medida original
La resolución cuestionó el alcance de la cautelar dictada por el Juzgado Nacional del Trabajo N°63, que había suspendido artículos vinculados con contratos laborales, indemnizaciones, negociación colectiva, huelga, actividad sindical, vacaciones, jornada laboral y modalidades de contratación.
La jueza señaló que la CGT perseguía a título cautelar la suspensión de disposiciones que regulan "una amplia gama de cuestiones de una variedad y complejidad tal que excede el estrecho ámbito de apreciación del remedio preliminar deducido".
"Un claro abuso del instituto cautelar"
Marra Giménez remarcó que analizar la constitucionalidad de ese conjunto de normas en una instancia cautelar implicaría adelantar criterio sobre la cuestión de fondo. Sostuvo que hacerlo "resultaría un claro abuso del instituto cautelar" y subrayó que "las leyes gozan de una presunción de legitimidad que opera plenamente".
La magistrada consideró además que el planteo de la CGT requiere "un examen profundo de estudio sobre los derechos involucrados", lo que refuerza que la discusión debe darse en el juicio de fondo y no en una medida preliminar.
Sin peligro en la demora
El fallo añadió que no existía peligro en la demora que justificara mantener la suspensión de la ley, dado que la causa tramita bajo procedimiento sumarísimo, con plazos abreviados para llegar a una sentencia definitiva.
La constitucionalidad, para la sentencia final
Finalmente, la jueza aclaró que su decisión no implica adelantar opinión sobre la constitucionalidad de la reforma laboral ni sobre la legitimación de la CGT para impulsar la demanda colectiva. Ambas cuestiones serán resueltas en la sentencia definitiva.
La ley, aprobada definitivamente por el Congreso a fines de febrero y promulgada en marzo, introdujo cambios profundos en materia de despidos, indemnizaciones, licencias, vacaciones y horas extras. Desde su tratamiento parlamentario generó fuertes tensiones entre el oficialismo, sindicatos y sectores opositores, en uno de los debates laborales más sensibles de los últimos años