20 de octubre de 2026
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Gobierno Nacional

El Gobierno nacional postergó la puesta en marcha de los Fondos de Asistencia Laboral

El Gobierno nacional postergó la entrada en vigencia de los FAL para completar las adecuaciones operativas y fortalecer los recursos iniciales. Los detalles.

Por Sitio Andino Economía

El Gobierno nacional postergó la entrada en vigencia de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL) y extendió el período mínimo de carencia previsto para su funcionamiento. La decisión quedó formalizada mediante el Decreto 1228/2026, publicado este martes en el Boletín Oficial, que modificó dos artículos de la reglamentación aprobada en mayo.

El FAL comenzará a implementarse a partir del 1 de diciembre.

El FAL comenzará a implementarse a partir del 1 de diciembre.

Los FAL fueron creados por la Ley de Modernización Laboral 27.802 como instrumentos destinados a cubrir determinadas obligaciones derivadas de la extinción de las relaciones laborales.

Cómo funcionará el período de carencia de los FAL

De acuerdo a la agencia Noticias Argentinas, uno de los cambios centrales del decreto es la ampliación del período mínimo de carencia, que pasó de seis a doce períodos mensuales completos y consecutivos. Durante ese lapso, los fondos deberán acumular recursos antes de comenzar a atender las obligaciones previstas en el régimen.

El plazo se contará desde el mes calendario en que quede registrada ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) la integración efectiva de la primera contribución del empleador. De esta manera, el Gobierno busca que los fondos cuenten con un patrimonio inicial suficiente para afrontar los compromisos que les correspondan.

En los fundamentos, el Ejecutivo señaló que el período anterior resultaba insuficiente para conformar ese patrimonio. También indicó que todavía se encuentran en proceso de adecuación los procedimientos, sistemas y herramientas necesarios para implementar integralmente el régimen.

Uno de los cambios centrales del decreto es la ampliación del período mínimo de carencia.

Uno de los cambios centrales del decreto es la ampliación del período mínimo de carencia.

Qué sectores solicitaron los cambios

La postergación de la puesta en marcha y la extensión del período de carencia fueron solicitadas por distintas entidades del mercado de capitales, a través de la Comisión Nacional de Valores (CNV). Entre ellas se encuentran cámaras vinculadas a los fondos comunes de inversión, los fideicomisos y la inversión directa, además de agentes de Bolsa.

La normativa establece que los recursos de los FAL deberán instrumentarse mediante fondos comunes de inversión abiertos y fideicomisos financieros, bajo el control de la CNV.

La norma fue firmada el lunes y entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial.

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